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Monotributistas: cómo evitar el cobro de Ingresos Brutos en CALF

En respuesta a una consulta legislativa, la Cooperativa aclaró que cumple con el Contrato de Concesión y no cobra el impuesto.

Por Redacción

Jueves, 24 de julio de 2025 a las 16:59
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En una comunicación dirigida a la presidencia de CALF, el diputado provincial Marcelo Bermúdez solicitó información sobre el cobro de Ingresos Brutos a usuarios monotributistas. La Cooperativa respondió que se ajusta a lo dispuesto por el Contrato de Concesión vigente y que no se percibe este tributo a quienes tienen actualizada su situación fiscal al momento de solicitar el servicio.

Qué establece la normativa vigente

Según la Ordenanza 14.178, específicamente el Subanexo I - Reglamento de Suministro, Capítulo II, Artículo 9, los usuarios deben presentar una Declaración Jurada con información fiscal al momento de solicitar el suministro eléctrico. Además, están obligados a actualizar sus datos cuando haya cambios o cuando lo requiera la distribuidora.

“Informar correctamente, con carácter de Declaración Jurada, los datos [...] a efectos de la correcta aplicación de este Reglamento y de su encuadre tarifario y tributario”, detalla el artículo.

La normativa otorga un plazo de 30 días hábiles para realizar actualizaciones fiscales cuando se produzcan modificaciones.

Verificación de base de datos: sin cobro indebido

CALF informó que, tras un análisis de su base de datos, se constató que a los monotributistas con información fiscal vigente no se les cobra Ingresos Brutos.

El cruce de datos incluyó a todos los usuarios registrados como monotributistas. En los casos en que los datos no han sido actualizados, la tarifa puede no reflejar correctamente la categoría tributaria del usuario, lo que podría derivar en una percepción indebida del tributo, atribuible a la falta de actualización de la información por parte del usuario.

Llamado a la actualización de datos

La Cooperativa invita a los usuarios monotributistas a verificar y actualizar su situación fiscal ante CALF. Esta acción permite un encuadre tarifario correcto y evita eventuales inconvenientes tributarios.

La actualización puede realizarse de forma presencial o a través de los canales habilitados por la institución.

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