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El nuevo fallo judicial en Neuquén que debería celebrar la democracia

Un fallo para poner más ladrillos en la construcción de esa gran pared que debería dividir al Estado honesto del deshonesto, a lo que está bien, de lo que está mal.

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Lo que decidieron en Neuquén, durante la semana, los jueces Mauricio Macagno, Federico Sommer y Liliana Deiub, implica, al fin, el reconocimiento total del alcance y profundidad que tuvo, en las instituciones políticas y gubernamentales de la provincia, el caso de la estafa con planes sociales; y ese alcance, esa profundidad, evidencia, ahora condena mediante, un quiebre que no debería tener nunca marcha atrás, una fractura de esas que deberían permitir sanar, y no enfermar nuevamente.

Como se sabe, la nueva decisión judicial, en etapa de impugnación, revocó la absolución del tribunal de juicio por el delito de asociación ilícita de los acusados en la causa por la estafa con planes sociales, los condenó por ese delito, y ordenó que se realice un nuevo juicio de cesura o determinación de la pena, en base a esta nueva calificación legal.

La asociación ilícita se había esquivado en la primera sentencia. La fiscalía lo había pedido, por las mismas razones que ahora el Tribunal de Impugnación concedió. Esa condena inicial dejó, por lo tanto, dudas: nada bueno para una causa que involucró a la política, al gobierno, al Estado, en el uso indebido de dineros públicos destinados a los famosos “sectores vulnerables” de la sociedad.

Tras aquella condena inicial, que declaró culpables, pero por un delito menor, viene esta, la que puede reconciliar el sentido común, y el abordaje más exacto de la dimensión que tuvo lo que se hizo en Neuquén: la construcción de una banda dentro del Estado, avalada políticamente, para financiar la misma política, y, en el camino, enriquecerse individualmente. Todo, con dinero destinado supuestamente a reducir el drama de desempleados, marginados, personas que luchaban palmo a palmo y día a día contra la carencia del estar pobre.

El tribunal del juicio inicial, integrado por los jueces Juan Manuel Kees, Luciano Hermosilla y Juan Guaita, interpretó que, para conformar una asociación ilícita, se debía contar con “una estructura jerárquica organizada, y que tuviera como fin la comisión de más de un delito”, y que, por lo tanto, éste último requisito no encuadraba en la causa de los planes sociales.

En los últimos días, el Tribunal de Impugnación determinó que, según la jurisprudencia en las últimas resoluciones de la Corte Suprema de la Nación, si se demuestra la estructura jerárquica organizada, con el objeto de cometer delitos (aunque se trate de la misma clase de delito), y que se ha demostrado que se trató de varias defraudaciones, pues, eso es suficiente para determinar que se trata de una asociación ilícita: todo lo contrario de lo que el primer tribunal adujo.

En concreto, los jueces de impugnación consideraron a todas y cada una de las defraudaciones como un delito, y determinaron que por lo tanto hubo varios, no uno solo, aunque fueran todos del mismo tenor; y que hubo entonces una asociación ilícita, es decir, una banda dentro del Estado, coordinada y preparada, y dedicada, a defraudar al Estado y a los beneficiarios de los planes que el Estado pagaba.

Es tremendo el impacto que esto significa, pues se ha demostrado la existencia concreta de una banda delictiva concreta dentro del Estado concreto, en el período en el que gobernó Omar Gutiérrez; y, esto indica que no hubo controles suficientes, que, en el mejor de los casos, hubo una mirada superflua sobre una realidad fraudulenta, o que, en el peor de los casos, se la toleró porque era conveniente para un mecanismo que en Neuquén se usó durante mucho tiempo: la financiación de la política oficialista con fondos estatales desviados de su uso legítimo.

En su veredicto, los jueces declararon la responsabilidad de Ricardo Soiza, Tomás Siegenthaler, Orlando Abel Di Luca, Néstor Pablo Sanz y Marcos Ozuna del delito de asociación ilícita en carácter de jefes en concurso real, con administración fraudulenta agravada, por haber sido en perjuicio de la administración pública, los primeros cuatro en carácter de coautores, y Ozuna como partícipe primario.

Además, declararon la responsabilidad de Luis María Gallo, Laura Reznik, Julieta Oviedo, Isabel Montoya, Valeria Honorio, Emmanuel Victoria Contreras y Alfredo Cury como miembros de la asociación ilícita, en concurso real con administración fraudulenta agravada, por haber sido en perjuicio de la administración pública, en calidad de coautores, los primeros tres, y como partícipes primarios, los últimos cuatro.

Ahora, queda esperar una nueva condena, pues cambiará el monto de la pena. Se supone que esas penas serán más graves (más años) que las aplicadas en primera instancia. Pero, también debería suponerse, más allá de lo técnico, que se está en un momento superador de aquellos tiempos miserables, en los que se explicitaba sin vergüenza que de algún saco debía salir la plata para pagar campañas y otros menesteres, y que ¿De dónde iba a salir, sino del mismo Estado?

La asociación ilícita como calificación había sido pedida por los fiscales, y también por la conducción del actual Estado. Debería celebrarse que así ocurrió, y poner más ladrillos en la construcción de esa gran pared que debería dividir al Estado honesto del deshonesto, a lo que está bien, de lo que está mal.

 

 

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