En un fallo judicial clave, la Justicia federal determinó que el Estado argentino deberá abonar $2553 millones más intereses a la petrolera Tecpetrol, tras una disputa por los recortes aplicados en los subsidios del Plan Gas para la producción en Fortín de Piedra, en Vaca Muerta.
La decisión, tomada por el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°6, declaró la nulidad de las resoluciones de la Secretaría de Energía que habían limitado los pagos, afectando directamente a la compañía.
La disputa se originó en 2018, cuando Tecpetrol advirtió que las modificaciones en la liquidación del subsidio perjudicaban su desarrollo en Fortín de Piedra, uno de los yacimientos de gas más importantes de la cuenca neuquina.
Según la petrolera, el cambio en el cálculo de los incentivos afectaba la viabilidad de su proyecto y alteraba las condiciones bajo las cuales se habían realizado las inversiones. El fallo, firmado por el juez Enrique Lavié Pico, deja sin efecto las resoluciones que recalcularon los subsidios, argumentando que las modificaciones no se ajustaban a los acuerdos originales.
En 2019, Tecpetrol había demandado al Estado por unos $2500 millones más intereses, sumando la diferencia que no había recibido debido a los recortes en los subsidios. La petrolera argumentaba que el incremento en la producción de gas, que pasó de un volumen marginal a 15-17 millones de metros cúbicos diarios, no debía ser un motivo para reducir los beneficios establecidos en el Plan Gas.
El gobierno, por su parte, había defendido la decisión de recortar los pagos bajo el argumento de que el aumento de la producción de Tecpetrol elevaba considerablemente los costos fiscales del programa, que superaban las previsiones presupuestarias para 2019.
En un contexto de ajuste fiscal y de acuerdo con los lineamientos del FMI, el Estado justificó la decisión de reducir los subsidios, especialmente cuando los costos proyectados para el año duplicaban las estimaciones originales.
Tecpetrol había argumentado que la mayor producción no representaba un incumplimiento del plan, sino una mejora en la productividad por pozo, que superó las expectativas iniciales, con un rendimiento tres veces superior al proyectado. Además, los informes técnicos respaldaron la postura de la petrolera, estableciendo que el número de pozos perforados no había sido superior al aprobado, sino que la clave estaba en el rendimiento de cada uno de esos pozos.
El fallo de primera instancia ahora reconoce el derecho de Tecpetrol a cobrar las diferencias por los montos adeudados, pero el Estado aún tiene la posibilidad de apelar ante la Cámara Contencioso Administrativa Federal.
Este litigio marca un capítulo importante en la relación entre las empresas del sector energético y el Estado, poniendo en evidencia la complejidad de los subsidios y la gestión de los recursos naturales en un contexto de altas demandas fiscales y económicas.