MALESTAR POR LA MEDIDA

La Afip les generó deuda a monotributistas que estaban al día

El organismo aplicó de manera retroactiva una ley reglamentada en Mayo. Enojo por esta medida en medio de la pandemia.
sábado, 5 de junio de 2021 · 10:42

Insólita situación están viviendo millones de monotributistas que, de estar al día con la Afip, pasaron a tener deuda de hasta cinco cifras, por la decisión del organismo recaudador de retrotraer a enero la vigencia de una ley sancionada en abril y reglamentada en mayo.

La medida consistió en recategorizar con las nuevas escalas del componente del monotributo (impositivo, seguridad social y salud) desde enero a mayo, asignando una nueva categoría a cada contribuyente, con aumentos de hasta el 35 por ciento,  lo que a muchos les generó deuda.

Según datos del Sistema Integrado Previsional Argentino, en febrero en el país había 1.654.408 monotributistas. Ayer la AFIP informó que categorizó a 4.077.376 monotributistas con el nuevo esquema.

La recategorización de oficio por única vez se aplicó en base a la ley 27.618 aprobada por el Congreso, que estableció que el organismo debe volver a categorizar a los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado en la categoría que les corresponda dos veces al año, según los valores de los parámetros de ingresos brutos y de los alquileres que resulten de la actualización. 

Si bien la Afip sostiene que esta modificación beneficiará a la mayoría porque pasarán a pagar menos impuestos, la sorpresa fue muy desagradable para gran parte del padrón de aportantes, sobre todo en esta época de pandemia, donde la economía está colapsada, y muchos cuentapropistas, pymes y pequeños comerciantes se endeudaron, cerraron o trabajan con una mínima recaudación mensual.

Como paliativo, en lugar de rever la medida cuasi ilegal de aplicar de manera retroactiva una ley, la AFIP dispuso que esos pequeños contribuyentes pueden financiar en hasta en 20 cuotas la diferencia generada en este proceso. 

Quienes deban pagar, porque no quedará otra posibilidad, podrán adherir a partir del 1° de julio en el portal  monotributo.afip.gob.ar. El monto mínimo a saldar en cada cuota es de 500 pesos. Los contribuyentes deben ingresar con su CUIT y clave fiscal  y consultar la categoría asignada por la AFIP. Aquellos pequeños contribuyentes que a partir del 1° de julio decidan optar por este mecanismo de financiamiento deberán tener el domicilio fiscal electrónico constituido, y contar con una CBU declarada ante la AFIP.

Todas las personas tienen la posibilidad de solicitar la modificación de la categoría asignada hasta el día 25 de junio, inclusive.

“La actualización garantiza el financiamiento a la seguridad social y el sistema de salud, al tiempo que incrementa los montos que pueden facturarse anualmente en cada escala. En cada oportunidad los monotributistas deben recategorizarse en forma obligatoria”, dijo el organismo recaudador. 

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