NUEVA LEY

Hay nuevas escalas para la recategorización del Monotributo

Luego de aprobarse la modificación, se conocieron los cambios y tiempos para el cumplimiento de las nuevas normas.
lunes, 19 de julio de 2021 · 10:34

Una vez que la Cámara Alta convirtió en ley la reforma del Monotributo, la segunda en el año y por la que se dio marcha atrás con el aumento retroactivo de las cuotas, los más de 4 millones de pequeños contribuyentes contarán con un nuevo calendario para efectuar los pagos, regularizar deudas y cumplir con un trámite obligatorio que, en general suele vencer en julio.

Las quejas de los contribuyentes del régimen simplificado, ya se habían presentado en el Senado por parte del oficialismo cuando se encontraron con deudas con el Fisco, por lo que la AFIP había prorrogado sin fecha la recategorización, que se hace dos veces por año con parámetros como la facturación del semestre previo, hasta contar con la nueva normativa.

A partir de esa nueva ley, la recategorización de los monotributistas estará habilitada entre el 28 de julio y el 17 de agosto inclusive, según reza la resolución general 5028 publicada este lunes en el Boletín Oficial.

Asimismo, se indicó que la aprobación del proyecto significa la anulación de la reforma previa, realizada en abril, y que también impulsaba el Gobierno. Así es que, a poco de sancionada la ley, el ente que conduce Mercedes Marcó del Pont definió los plazos para efectuar los pagos de las cuotas que operaban en junio, julio y agosto.

Se indicó que la cuota que en principio vencía el 25 de junio, podrá cancelarse hasta el 5 de agosto, del mismo modo que las que no hubieran sido canceladas en los primeros seis meses de año.

En el mismo contexto, la cuota de este mes opera el próximo 20 de julio, según consta en la página web de Monotributo de la AFIP. Tiene en cuenta la recategorización de oficio que había hecho la AFIP en junio, las nuevas tablas 2021 con incrementos de 35% contra el año previo.

Esta es la cuota correspondiente al sexto mes del año, por lo que se podrá cancelar hasta principios del siguiente mes y debería ser con las tablas vigentes en 2020.

Por otra parte, el pago de la séptima cuota podrá realizarse hasta el 27 de agosto, para lo cual se tendrá en cuenta los nuevos valores estipulados para el segundo semestre por la ley sancionada la semana pasada, que implican una actualización extra de entre 35% y 77% sin aumentar la cuota mensual del monotributo.

También se dio a conocer que  desde el 1° de agosto y hasta el 31 de enero de 2022, las escalas del Monotributo quedarán de la siguiente manera:

Categoría A: el límite de facturación anual pasa a $370.000.

Categoría B: el tope quedó en $550.000.

Categoría C: la facturación sube a $770.000.

Categoría D: el monto máximo se ubica en $1.060.000.

Categoría E: el límite máximo llega a $1.400.000.

Categoría F: el tope de facturación queda en $1.750.000

Categoría G: el máximo aumenta a $2.100.000.

Categoría H: es la más alta para quienes venden servicios y el techo de facturación será de $2.600.000.

Categoría I: el máximo aumenta a $2.910.000.

Categoría J: el tope alcanza $3.335.000.

Categoría K: el máximo se incrementa hasta $3.700.000.

Con esta nueva reforma para el Régimen Simplificado, cuya promulgación y reglamentación se daría en los próximos días, se indicó que además incluye las siguientes modificaciones:

  • Podrá en marcha un plan de pagos para los que tengan deudas y quita las multas por moratoria que permitirá cancelar deuda vencida en hasta 60 cuotas mensuales con un interés de financiación no superior al 1,5% mensual.
  • Los monotributistas de las categorías más altas deberán pagar una cuota especial para mantenerse en el régimen y no pasar a ser inscriptos. Podrán hacerlo siempre y cuando sus ingresos que no superen el monto equivalente a 1,5 veces los ingresos brutos máximos de la Categoría “K” ($5.550.000 por año) y sus bienes en el país y el exterior no supere los $6,5 millones.

Esta es la publicación realizada en el Boletín Oficial:

 

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