MEJORAN LOS ÍNDICES EPIDEMIOLÓGICOS
El presidente anunció más flexibilizaciones: Qué se podrá hacer
Alberto Fernández comunicó nuevas medidas para recuperar actividades “de manera responsable y cuidadosa”, como viajes grupales y mayor aforo en reuniones. Mirá el detalle en esta nota.El presidente Alberto Fernández anunció en la mañana de este viernes un plan de recuperación de actividades de manera "responsable y cuidadosa", en el marco de la pandemia de Coronavirus.
Fernández remarcó hoy que la Argentina "está entre los 20 países que más vacunaron" contra el coronavirus en el mundo, y sostuvo que se va a poder "volver a vivir responsablemente la vida que queremos".
El jefe de Estado sostuvo que "caminamos hacia la segunda recuperación", la económica y destacó las "buenas noticias en materia de industria y economía" conocidas los últimos días.
"Ahora estamos creciendo y vamos a resolver también el problema con el FMI sin presiones y sin apuro", dijo el mandatario al realizar un anuncio de un plan de regreso a las actividades en forma "cuidada y responsable".
Fernández anunció que "el siguiente paso, cuando la situación lo permita, será regresar el público con aforos progresivos a eventos masivos al aire libre" y dijo que, en esta nueva etapa en el marco de la pandemia de coronavirus, podrá haber viajes grupales para aquellos que tengan esquema completo de vacunación.
"En agosto van a llegar millones de vacunas que nos permitirán ir ampliando este plan para ir recuperando actividades", comunicó el presidente, en un mensaje grabado.
"La prioridad de agosto es aumentar el porcentaje de las segunda dosis, priorizando a los mayores de 50 años", dijo al anunciar un plan de aperturas responsables, que implica que, "a partir de mañana", será ampliada "poco a poco la cantidad de gente que pueda reunirse" dijo.
El mandatario afirmó que hoy se ve "un nuevo horizonte", precisó que hace diez semanas consecutivas que baja la cantidad de casos de coronavirus y resaltó que se ha logrado retrasar el ingreso de la variante Delta al país.
Actividades permitidas en todo el territorio nacional
En espacios cerrados:
📌 La práctica de deportes, eventos sociales, culturales, recreativos y religiosos; y las actividades realizadas en cines, teatros, clubes, locales gastronómicos, centros culturales, gimnasios, casinos y bingos, con un aforo del 70 por ciento.
📌 La asistencia a centros de día y clubes de adultos mayores con un aforo del 70 por ciento cuyos asistentes cuenten con el esquema completo de vacunación contra la COVID-19, y hayan transcurrido 14 días desde entonces.
📌 Las reuniones sociales en domicilios particulares de hasta 10 personas si se realizan en espacios interiores, y de hasta 20 personas si se realizan al aire libre.
En espacios abiertos:
📌 La realización de excursiones y actividades turísticas de acuerdo a los protocolos y normativa vigente, que se efectúen exclusivamente en transportes que permitan mantener ventilación exterior adecuada de manera constante y cruzada.
📌 Las reuniones y actividades en espacios públicos de hasta 100 personas.
📌 La autoridad jurisdiccional podrá disminuir el aforo establecido según los parámetros epidemiológicos y sanitarios.
Viajes grupales:
📌 Las jurisdicciones podrán autorizar la realización de viajes en grupos de hasta 10 personas para actividades recreativas, sociales y comerciales, en tanto tengan como origen y destino aglomerados que no sean considerados en Situación de Alarma Epidemiológica y Sanitaria; que se realicen en base a los protocolos; que no incluyan pasajeros que hayan estado en el exterior durante los últimos 14 días o sean convivientes de quien revista tal condición; no hayan sido contacto estrecho de un caso confirmado de COVID-19 durante los 14 días previos al viaje, ni hayan tenido un diagnóstico positivo de COVID-19 en el mismo período.
Clases presenciales:
📌 Se mantendrán las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en todo el país, dando efectivo cumplimiento a los parámetros de evaluación, estratificación y determinación del nivel de riesgo epidemiológico y condiciones establecidas en las Resoluciones Nros. 364 del 2 de julio de 2020, 370 del 8 de octubre de 2020, 386 y 387 ambas del 13 de febrero de 2021 del Consejo Federal de Educación, sus complementarias y modificatorias.
Quedan suspendidas en todo el país las siguientes actividades:
📌 Eventos masivos, entendidos como todo acto, reunión o acontecimiento de carácter eventual, cuyo objeto sea artístico, musical, festivo o deportivo, capaz de producir una concentración mayor a 1.000 asistentes.
📌 Reuniones sociales en domicilios particulares de más de 10 personas si se realizan en espacios interiores y de hasta 20 personas si se realizan al aire de libre.
📌 Viajes grupales de egresados jubilados y jubiladas y grupales de estudiantes o similares.
📌 Actividades y reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 100 personas.
📌 Actividades en discotecas, salones de fiestas, bailes, o actividades similares.
📌 Los gobernadores y el jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en atención a las condiciones epidemiológicas y sanitarias, podrán disponer restricciones temporarias y focalizadas adicionales en los lugares bajo su jurisdicción.
Actividades que se suspenden en aglomerados urbanos en situación de alarma epidemiológica y sanitaria por el término de nueve días:
📌 La circulación nocturna de las personas, entre las 20 y hasta las 6 del día siguiente.
📌 Eventos masivos (artísticos, musicales, festivos o deportivos).
📌 Las actividades económicas, industriales, comerciales y de servicios en lugares cerrados con 50 por ciento de aforo.
📌Las actividades recreativas, culturales, religiosas y deportivas con 30 por ciento de aforo.
Medidas de fronteras:
📌 Se estableció el cupo semanal de 11.900 plazas para argentinos y argentinas y residentes hasta el 6 de septiembre y, en adelante, un cupo semanal de 16.100 plazas si se habilitan nuevos corredores seguros.
📌 Dentro de las plazas mencionadas, 700 pasajeros podrán ser priorizados por el Estado Nacional por razones de urgencia o para atender cuestiones esenciales impostergables o de representación oficial o diplomática, a los efectos de facilitar su viaje al país.
📌 Sigue prohibido el ingreso de extranjeros.
📌 Se eliminan las restricciones de vuelos directos por países con la posibilidad de habilitar vuelos especiales para facilitar el ingreso de argentinos desde esos países (Brasil, Chile, Reino Unido, etc).
📌 Los gobernadores y gobernadoras podrán solicitar la apertura de nuevos corredores seguros (terrestres y/o aéreos) siempre que cuenten con protocolo aprobado por la autoridad sanitaria provincial, previendo en su caso los mecanismos de testeo, aislamiento y traslado de las muestras respectivas para la secuenciación genómica que deberá demás estar aprobado por el Ministerio de Salud de la Nación.
📌 Sigue prohibido el ingreso por frontera terrestre.
📌 Dentro de los nuevos corredores seguros a implementar a partir del 6 de septiembre del 2021, y según la situación de cobertura de vacunación, sanitaria y epidemiológica en origen y en destino, desde el 6 de septiembre los gobernadores podrán proponer la implementación de una experiencia piloto de ingreso de extranjeros provenientes de Chile y la República Oriental del Uruguay solo con esquemas completos de vacunación y cuarentena obligatoria.