NUEVAS MODIFICACIONES
Habrá que rendir examen para trabajar en el Estado
Este lunes se conocieron los cambios en las normas, entre los que se destaca un examen general de “conocimientos y competencias”.El Poder Ejecutivo Nacional, a través del decreto 695/2024, estableció una serie de modificaciones significativas en el sistema de empleo público, las cuales se centran en la implementación de un nuevo sistema de ingreso, como también en la reestructuración y reubicación del personal estatal. Este decreto, se publicó este lunes, durante la madrugada, en el Boletín Oficial, y reglamenta el Título II de la normativa vigente.
Entre las principales innovaciones, se destaca la introducción de una “Evaluación General de conocimientos y competencias” para trabajar en el Estado, una evaluación que será anónima y la diseñará y reglamentará la Autoridad de Aplicación. La identidad del candidato se conocerá únicamente, luego de haber resultado calificado.
Asimismo, el decreto también establece que la máxima autoridad de la jurisdicción o del organismo descentralizado correspondiente al cargo concursado será responsable de verificar el cumplimiento de los requisitos, “así como de las previsiones pertinentes de las normas sobre ética en el ejercicio de la función pública”. En el mismo contexto, y en casos pertinentes, la Unidad de Recursos Humanos podrá consultar a la Oficina Anticorrupción, la cual deberá expedirse en un plazo de cinco días.
Aquellas personas que resultaren designadas, deberán presentar una declaración jurada patrimonial y sus antecedentes laborales cuando la función a desempeñar lo requiera. Del mismo modo, se ha estipulado que “no podrá efectuarse ninguna designación sin la correspondiente acreditación del certificado de aptitud psicofísica”.
A partir de allí, el desempeño del empleado será evaluado constantemente y, para ser promovido, el empleado deberá someterse nuevamente a una instancia de evaluación. Con esta medida, se busca garantizar que los empleados estatales mantengan un alto nivel de competencia y rendimiento a lo largo de su carrera.
En otro orden, el régimen de contrataciones incluye la contratación por tiempo determinado y la designación en plantas transitorias, cuyas modalidades están destinadas a actividades de carácter transitorio o estacional, donde también los contratos especificarán las funciones del empleado, la equiparación escalafonaria y la duración del trabajo. El personal contratado bajo este régimen no gozará de estabilidad y su contrato podrá ser rescindido en cualquier momento.
Disponibilidad
Desde su inicio, la gestión de gobierno ha iniciado un proceso de reorganización de la planta del Estado, la cual incluye la no renovación de cientos de contratos y la disponibilidad de aquellos que integran la planta permanente. Para gestionar esta reestructuración, se ha creado el Registro Nacional de Personal en Situación de Disponibilidad.
Sobre este tema, el decreto establece una escala para asignar el período de disponibilidad del personal afectado:
- Hasta 15 años de antigüedad: 6 meses.
- Más de 15 años y hasta 30 años de antigüedad: 9 meses.
- Más de 30 años de antigüedad: 12 meses.
Durante este período, el personal percibirá un importe mensual equivalente a su retribución escalafonaria, “con exclusión de todo otro concepto remunerativo o no remunerativo”. Para el cálculo de la indemnización, se considerarán las retribuciones percibidas hasta el momento del pase a disponibilidad y “se computarán los servicios no simultáneos prestados en calidad de personal permanente en el ámbito de la Administración Pública Nacional hasta el momento en que se hubiera notificado fehacientemente al interesado dicho pase, excluidos aquellos que hayan generado con anterioridad una indemnización por aplicación de medidas de reestructuración, retiro voluntario, despido o similar, y los que hayan concluido por una causa que no generó derecho a indemnización”. Los empleados con sumarios en curso no podrán cobrar la indemnización hasta que se cierre el expediente.
Con relación a dichas reubicaciones y movilidades, el decreto dispone que la afectación definitiva de un agente a otra dependencia será considerada como traslado, condicionada a la existencia de una vacante financiada. También, se podrán disponer permutas a solicitud de agentes de igual situación escalafonaria, siempre que no afecten la necesidad del servicio.
El Gobierno, estableció por su parte un sistema de puntaje y sanciones para quienes incumplan sus funciones. Las infracciones contempladas incluyen llegadas tarde, incumplimiento del horario fijado, inasistencias y condenas judiciales, entre otras. Esta normativa busca garantizar el cumplimiento de las responsabilidades laborales y mantener la eficiencia del servicio público.
A partir de la implementación de estas nuevas evaluaciones, la reorganización del personal y la introducción de un régimen de contrataciones más flexible, el Gobierno busca mejorar la eficiencia y la transparencia en la administración pública.