VÍA ZOOM

Femicidio de Sofia: el padrastro fue declarado culpable

La audiencia se realizó esta mañana. El hombre permanecerá con prisión preventiva
martes, 18 de agosto de 2020 · 14:47

El Tribunal de Juicio integrado por Oscar Gatti, Verónica Rodríguez y Laura Pérez declaró de manera unánime al imputado Marcos Nicolás González culpable de los delitos de lesiones calificadas por violencia de género; abuso sexual gravemente ultrajante, calificado por el vínculo, por la convivencia y por la edad de la víctima, en concurso ideal con corrupción de menores agravada; desobediencia a una orden judicial, y abandono de persona seguido de muerte, en perjuicio de una niña de 3 años.

La próxima audiencia -de cesura- se realizará el 7 de septiembre. Allí la defensa ejercida por el defensor público Miguel Salomón podrá presentar los atenuantes que considere necesarios. La sentencia se leyó a través de la plataforma Zoom a Gonzales que está en Viedma.

Los jueces dieron por probados todos los cargos formulados por la fiscal Belén Calarco y descartaron los argumentos de Salomón.

El tribunal dio por acreditada la violencia de genero ejercida por Gonzales sobre la víctima por la situación de sumisión en la que la mantuvo durante los meses de convivencia, de cosificación en función de los testimonios del juicio cercanos a la familia y los profesionales médicos y policiales que tuvieron diálogo con González cuando la nena estuvo internada en Roca.  En función de este trato despectivo, despreciativo y de todos los hechos de violencia y humillación sistemática y prácticas torturantes a los que fue sometida la nena.

En base a los testimonios médicos, de las pericias, de los forenses, de la autopsia y de la junta médica se acreditó el abuso sexual sin acceso carnal, gravemente ultrajante por la duración en el tiempo y el sometimiento de la víctima en concurso ideal con el delito de promoción de la corrupción de menores porque se entiende que el imputado estaba preparando a la víctima para futuros abusos sexuales con acceso carnal

Otro indicio que acreditó el abuso sexual es el hallazgo de una enfermedad de transmisión sexual en la niña. Solo se dio por el contacto del imputado con la victima

Como causa de la muerte se dio por acreditada una golpiza de la cual hay testimonios que sufrió la nena entre 3 y 7 días antes de la muerte. Esto le produjo una lesión interna que derivó en una peritonitis y finalmente en un shock séptico multiorgánico que no pudo ser revertido cuando fue trasladada a Roca. El Tribunal acreditó que si se hubiese asistido inmediatamente a la nena hubiese sido reversible el cuadro. Como no la llevaron rápidamente para la asistencia se configura el delito de abandono de persona, seguido de muerte

Se acreditó, además, la violación a la orden de la jueza de paz de Lamarque quien intervino por la ley 3040 de violencia familiar y había notificado a la madre de la niña y a González de la prohibición de hacer actos perjudiciales para la niña en función de una denuncia de presunto maltrato realizada por una vecina. Se tipificó el delito de desobediencia a una orden judicial

En tanto la mama de Sofia, Valeria Miranda ya fue condenada y deberá cumplir  24 años y 7 meses de prisión por el maltrato sistemático ejercido hacia su pequeña hija de 3 años y por ser participe necesario de los abusos sexuales que le provocaron la muerte

 

 

 

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