SIN CONDICIONAL PREVIA NO HAY EXCARCELACIÓN

Kielmasz seguirá preso por tiempo indeterminado

Al único detenido por el Triple Crimen de Cipolletti se le niega permanentemente la prisión condicional.
miércoles, 24 de febrero de 2021 · 19:24

El único detenido por el denominado Triple Crimen de Cipolletti, en el que mataron a las hermanas María Emilia (24) y Paula González (17) y su amiga Verónica Villar (22), deberá permanecer tras las rejas. El Superior Tribunal de Justicia no hizo lugar al pedido de revisión interpuesto por la defensa de Claudio Rodolfo Kielmasz y argumentó que "el condenado a prisión perpetua podrá obtener su libertad condicional a los 20 años de prisión” y 5 años después de obtenida la condicional, siempre que hubiere cumplido las reglas impuestas para todo ese período, la pena se podrá declarar agotada. Pero la Justicia nunca lo benefició con la libertad provicional.

El fallo del STJ sostiene que en el caso de Kielmasz su tiempo necesario para poder solicitar la libertad condicional “emerge con absoluta claridad” del texto del Código Penal anterior, que estaba vigente en 2001. Aquella redacción originaria (aplicable por el principio de ley penal más benigna) decía que "el condenado a prisión perpetua podrá obtener su libertad condicional a los 20 años de prisión" y 5 años después de obtenida la condicional, siempre que hubiere cumplido las reglas impuestas para todo ese período, la pena se podrá declarar agotada.

Eso hace, según razonó el tribunal, que la pena de prisión perpetua que cumple Kielmasz sea "por tiempo indeterminado pero perfectamente determinable a partir de la obtención de su libertad condicional, para el caso de estar en condiciones de acceder a la misma y que efectivamente se le conceda dicho beneficio".

"No existe ninguna disposición penal en el Derecho Argentino que establezca la necesidad de fijar el límite temporal a la pena de prisión perpetua", sostuvo el tribunal de revisión invocando como ejemplo lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación y la Corte Suprema de Buenos Aires con respecto al condenado Carlos Eduardo Robledo Puch.

El STJ mantuvo el mismo el criterio, citó algunos precedentes y consideró que la defensa de Kielmasz no explica cuál sería la ley más benigna si no es la que aplicó el tribunal de revisión de Roca. Por ello rechazó su recurso.

Kielmasz fue condenado a perpetua en 2001. En 2017 su defensor oficial Gustavo Viecens, solicitó que se establezca judicialmente la duración de su pena afirmando que las penas a perpetuidad violan la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales que la integran. En ese razonamiento, el ex juez de Ejecución de Roca, Juan Pablo Chirinos (hoy defensor oficial en Regina) estableció en 25 años el límite temporal de la pena.

Contra aquella decisión recurrieron el Fiscal de Ejecución y el abogado por la parte querellante. Tras analizar los planteos de las partes, el tribunal de revisión revocó el límite de los 25 años y dijo que no existe un límite temporal. La defensa interpuso recurso al STJ, aunque no logró revertir esa decisión.

Actualmente Kielmasz está detenido en el complejo Penitenciario Federal de Senillosa, donde hace algunos meses emitieron un dictamen “desfavorable” para que el condenado a prisión perpetua por el Triple Crimen de Cipolletti de 1997, acceda al período de libertad condicional. 

Es el único detenido por el caso y no cumple pena por el asesinato, sino por ser coautor de los delitos de “secuestro agravado y reagravado, reiterado en dos oportunidades”. Está en condiciones de acceder a la libertad condicional desde el 11 de octubre de 2014 y está en período de prueba desde el 14 de septiembre de 2017. Actualmente se encuentra en una Casa de Preegreso. Se informó que no registra sanciones en el último trimestre y que tiene una “conducta ejemplar (10) y un concepto muy bueno (8)”, pero sus informes psicológicos son los que le impiden un mejor dictamen apra acceder al beneficio, situación excluyente para poder salir en libertad.

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