XENOFOBIA
Absolvieron al hombre imputado de matar por odio a su vecino boliviano
El jurado popular no llegó a los 10 votos mínimos para el veredicto de culpabilidad. El hombre solo fue hallado responsable por las amenazas con arma de fuego.El imputado de matar a su vecino por odio a su nacionalidad boliviana fue absuelto por el jurado popular ya que no se llegaron a los 10 votos mínimos para el veredicto de culpabilidad. El hombre solo fue hallado responsable por las amenazas con arma de fuego.
Según la fiscalía, Eduardo David Morello fue el responsable de matar a Beimar Llanos en Coronel Conesa con las agravantes de odio por nacionalidad y uso de arma de fuego. Beimar era oriundo de Bolivia y mediaba entre ambos un conflicto previo vinculado con la venta de un lote. El abogado defensor había sostenido la hipótesis de exceso en la legítima defensa.
La fiscalía recordó que el 7 de agosto de 2023 en una chacra ubicada en General Conesa, el imputado “le efectuó un disparo con una escopeta provocándole una hemorragia interna”.
Seguidamente amenazó al hijo de la víctima, de 13 años, quien se encontraba en el lugar trabajando junto a su padre, para lo cual lo apuntó con el arma de fuego cuando este se dirigía a un vehículo en busca de un botiquín para auxiliar a su padre”.
Qué pasó con el jurado popular
Desde la fiscalía señalaron que el jurado se declaró “estancado”, es decir que no llegó a los 10 votos mínimos para el veredicto de culpabilidad y el imputado quedó absuelto por el hecho.
Además, indicaron que por primera vez desde que se desarrolla este tipo de juicio, el juez técnico y las partes debieron resolver en varias ocasiones consultas y pedidos del jurado mientras se desarrollaba la deliberación a puertas cerradas.

El hombre quedó absuelto porque el jurado no se pudo poner de acuerdo si lo condenaban y por qué delito lo condenaban. Al quedar estancado el jurado la ley dice que la persona imputada debe ser absuelta, explicaron fuentes judiciales a Mejor Informado.
Tanto la fiscalía como la querella hicieron reserva de impugnación. “Entendieron que el jurado no comprendió las consecuencias del estancamiento, que implicaba la absolución”, comunicaron.
“El resultado es incluso menos gravoso que el pedido que había formulado la defensa”, remarcaron.
En cuanto al veredicto de culpabilidad por amenazas, ahora resta una instancia más: el juicio de cesura. Allí se analizarán las pruebas de las partes para que finalmente el juez técnico defina el monto de la prueba. También quedan por resolver las impugnaciones realizadas.