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Acusaron de homicidio al conductor de una Hilux que mató a un ciclista en Las Grutas

El hecho ocurrió el 6 de enero en la ruta 3, en el paso nivel cercano a Las Grutas, con su camioneta arrolló a Sandro Nievas,

Miércoles, 28 de mayo de 2025 a las 14:13
El conductor de la Toyota Hilux iba a 80 kilómetros en una zona de máxima 20 y de doble línea amarilla, donde intentó un sobrepaso.

La Fiscalía formalizó cargos contra el conductor de una Toyota Hilux, acusado de haber provocado la muerte de Sandro Nievas, un ciclista que transitaba por la ruta Nacional 3 a la altura de Las Grutas. La camioneta circulaba a exceso de velocidad y quien manejaba intentó una maniobra de sobrepaso en un sector con doble línea amarilla.

Según la reconstrucción del caso presentada por la Fiscalía, el imputado circulaba a una velocidad estimada de 80 km/h, en una zona donde la señalización establece un límite de 20 km/h. En un intento de sobrepasar a un camión detenido ante las vías del ferrocarril, el conductor habría invadido el carril contrario, impactando con la parte delantera derecha de su vehículo al ciclista que transitaba por la ruta. La violencia del choque provocó que la víctima fuera despedida de su bicicleta, sufriendo múltiples traumatismos que le ocasionaron la muerte.

Sandro Nievas tenía 57 años, estaba radicado en Las Grutas y fue arrollado por la camioneta que intentó el sobrepaso de un camión.

Las pruebas reunidas hasta el momento incluyen entrevistas a testigos, registros fotográficos y croquis del lugar del accidente, además de la pericia accidentológica y el análisis de alcoholemia practicado al imputado, quien no posee antecedentes penales. Como parte del proceso, se dispuso la intervención de la Oficina de Atención a la Víctima para brindar apoyo a los familiares del fallecido.

La calificación legal del hecho corresponde a homicidio culposo agravado, conforme al artículo 84 bis del Código Penal, en calidad de autor según lo dispuesto en el artículo 45. Asimismo, se determinó que el accionar del imputado infringió varios artículos de la Ley Nacional de Tránsito N.º 24.449, entre ellos el 39 inciso B, 52 inciso A y 48 inciso G.

Se comprobó que el conductor de la camioneta intentó un sobrepaso antes del cruce ferroviario.

La querella, representando a la familia de la víctima, respaldó la acusación fiscal, subrayando la imprudencia y negligencia del imputado al momento del siniestro. Por su parte, la defensa del acusado no presentó objeciones a los términos de la imputación.

El juez de garantías resolvió dar curso a la investigación penal preparatoria, estableciendo un plazo de cuatro meses para el desarrollo de las diligencias correspondientes.

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