La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el recurso de queja presentado por la defensa de un entrenador de fútbol condenado por abuso sexual de tres niños y, de esta manera, dejó firme la sentencia de 24 años y 6 meses de prisión dictada en marzo de 2021.
Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti consideraron inadmisible la presentación de la defensa. La resolución cierra la vía extraordinaria que había intentado utilizar el condenado para cuestionar la sentencia.
El caso se originó por una serie de abusos cometidos mientras el hombre se desempeñaba como entrenador de fútbol en una cancha del Barrio 31, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La condena había sido dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°29.
La sentencia quedó firme luego de que la Corte desestimara el recurso. El fallo de 2021 había establecido la responsabilidad del acusado por distintos hechos de abuso sexual, incluidos episodios con acceso carnal, además del delito de corrupción de menores.
La condena de 24 años y 6 meses
El tribunal que llevó adelante el juicio estuvo integrado por los jueces Juan Ramos Padilla, Cecilia Maiza y Gustavo Goerner.
En marzo de 2021, los magistrados condenaron al entrenador a 24 años y 6 meses de prisión, en línea con el pedido realizado durante el juicio por el fiscal Sandro Abraldes.
La acusación contempló distintos episodios de abuso sexual agravados por la condición del imputado como encargado de la educación de los niños. También se consideró la corrupción de menores.
La Fiscalía había planteado que el acusado había aprovechado su posición como entrenador para acercarse a los niños, generar vínculos de confianza y luego ejercer distintas formas de manipulación y silenciamiento.
Cómo fueron los abusos investigados
Uno de los episodios ocurrió el 30 de marzo de 2018, cuando el entrenador llevó a un niño de 11 años hacia una zona aislada e intentó abusar de él a cambio de dinero.
El niño se resistió y posteriormente le contó a su madre lo sucedido.
Durante el juicio también se acreditó que otros abusos habían ocurrido entre 2011 y 2015. Según la acusación, el hombre utilizaba distintos mecanismos para mantener a los niños en silencio, entre ellos amenazas, manipulación y regalos.
Entre los objetos que les entregaba había celulares, camisetas de fútbol y botines. La Fiscalía sostuvo que esas recompensas formaban parte de una estrategia destinada a generar confianza y evitar que las víctimas contaran lo que ocurría.
La información oficial del Ministerio Público Fiscal señala que los abusos tuvieron lugar mientras el hombre ejercía como entrenador y que existía un patrón en la elección de los lugares y en la modalidad utilizada para concretarlos.
Las pruebas que fueron consideradas en el juicio
Dos de las víctimas declararon mediante Cámara Gesell, mientras que la tercera prestó declaración durante el debate porque ya era mayor de edad cuando comenzó el proceso.
Además de los testimonios, la Fiscalía y el tribunal analizaron informes psicológicos y psiquiátricos elaborados por el Cuerpo Médico Forense.
Esas evaluaciones fueron consideradas relevantes para determinar la consistencia de los relatos y las consecuencias que los hechos habían provocado en los niños.
La utilización de Cámara Gesell permitió incorporar los testimonios de los niños evitando una exposición innecesaria durante el proceso judicial. En causas de abuso sexual infantil, este tipo de evidencia puede complementarse con pericias, testimonios indirectos y otros elementos de corroboración.
El patrón de manipulación que describió la Fiscalía
Durante el juicio, el fiscal Sandro Abraldes describió una estrategia basada en la seducción y el silenciamiento.
Según la acusación, el entrenador seleccionaba determinados niños, los llevaba a lugares que le permitían mayor privacidad y utilizaba regalos, amenazas y otros mecanismos para impedir que revelaran los abusos.
La Fiscalía también señaló que el hombre llegó a decirle a una de las víctimas que tenía una enfermedad en la cabeza que únicamente podía curarse si el niño mantenía relaciones sexuales con él.
Para la acusación, ese mecanismo formaba parte de un patrón destinado a aprovecharse de la vulnerabilidad de los menores.
Qué cambia con la decisión de la Corte Suprema
La principal consecuencia de la resolución es que la condena de 24 años y 6 meses quedó firme.
La defensa ya no podrá utilizar este recurso extraordinario ante la Corte Suprema para intentar revertir la sentencia dictada por el tribunal oral.
Además, la sentencia de 2021 había dispuesto que, una vez que quedara firme, se realizara la extracción del perfil genético del condenado para remitirlo al Banco de Datos Genéticos vinculado con delitos contra la integridad sexual, conforme a la Ley 26.879.
La normativa creó el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual, una herramienta destinada a facilitar la identificación y eventual vinculación de personas condenadas con investigaciones de delitos de esta naturaleza.
El caso llega a su instancia definitiva
El caso atravesó distintas etapas judiciales desde la condena dictada en 2021. Con el rechazo del recurso de queja, la intervención de la Corte Suprema quedó agotada respecto de este planteo de la defensa.
La decisión tiene además relevancia porque confirma una condena de larga duración por hechos cometidos contra tres niños en un contexto en el que el acusado tenía una posición de confianza derivada de su función como entrenador.
Ahora corresponde avanzar con las consecuencias previstas en la sentencia firme, entre ellas las medidas vinculadas al perfil genético y su incorporación al registro correspondiente.