VIOLENCIA EN EL ÁMBITO LABORAL

Suspendieron al gerente de Yaguar por violencia de género

El fallo de la justicia es el primero en la actividad privada en el orden nacional. La suspensión es por 120 días. 
lunes, 9 de noviembre de 2020 · 14:43

Es el primer fallo en el país por violencia de género en el ámbito laboral y ocurrió en la capital neuquina, en el Supermercado Mayorista Yaguar, donde entre otras  medidas, se dictaminó la suspensión del gerente por 120 días.

"La demanda se hizo con el apoyo del Centro de Empleados de Comercio. Nosotros hace muchos años venimos teniendo problemas con esta empresa, parece la política de ellos, el maltrato a los empleados, se va uno y viene otro peor", sostuvo el secretario general del Centro de Empleados de Comercio de Neuquén, Sergio Rodríguez en diálogo con la redacción de Mejorinformado.com

La empleada que realizó la denuncia recibía constantemente maltrato por parte de su jefe: "pateó una puerta, rompió una cerradura, hablamos con recursos humanos de la empresa, y siempre evadieron el tema", sostuvo Rodríguez y agregó que "por eso mismo en la empresa tienen una constante renovación del plantel, del tal manera que el personal no tiene antigüedad y cuando se cansan de tanta violencia se van y ellos no pagan la indemnización correspondiente", remarcó con enojo. 

El CEC, se respaldó en la intervención judicial y medida cautelar para darle un giro a este caso. 

La Dra. Claudia Beatriz Zapata, la jueza que dictaminó el fallo sostuvo en el mismo que: "Habiendo escuchado a la denunciante por vía zoom y al denunciado - en forma separada - en la audiencia llevada a cabo el día 5 de noviembre (...) Se trata de empleados dependientes del Supermercado Mayorista Yaguar de la ciudad de Neuquén, desempeñándose la denunciante R.L.M. como cajera y el denunciado V.M.B, ostentando el carácter de gerente en dicha Sucursal. Que sin perjuicio de que el denunciado rechaza expresamente los hechos descriptos por la denunciante, del relato de los hechos y de la documental acompañada por la parte denunciante, es que encuentro razonable tomar medidas preventivas, por el plazo de ciento veinte (120) días, conforme lo determina el Artículo 13 de la Ley 2786, el cual puede ser prorrogado si razones justificadas lo ameritan, a fin de cumplir con los objetivos que persiguen las normas que abordan la problemática de la violencia contra las mujeres, garantizando el goce de los derechos reconocidos en los Tratados Internacionales, la Constitución Nacional y nuestra Constitución Provincial". 

Además, la jueza ordenó que el denunciado de unos 45 años, por el plazo de estos cuatro meses "se abstenga de realizar cualquier conducta que pudiera representar hostigamiento, maltrato o perturbación directa o indirecta hacia la denunciante, bajo apercibimiento de desobediencia a una orden judicial".

Rodríguez mostró su alegría ante este inédito fallo y "trascedente de ahora en adelante, es muy importante poder escrachar públicamente este tipo de conductas que suceden en varios ámbitos privados en Neuquén. Los empleados tienen miedo de denunciar y si mandan una carta documento ya se dan como despedidos. Esto marca un precedente para que los trabajadores sepan sus derechos y que no vivan en un ambiente de hostigamiento". 

 

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