ABUSOS
Salones de fiestas de Neuquén se oponen a pagarle a SADAIC
La asociación de organizadores de eventos y afines de Neuquén y Rio Negro acusaron a SADAIC de "abusar de sus facultades recaudatorias”.Los integrantes de la Asociación de Organizadores de Eventos Proveedores y Afines de Neuquén y Rio Negro (AOEPA) se expresaron en contra de pagarle a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores (SADAIC), por pasar música en los eventos privados ya que en los últimos años “abusaron de sus facultades recaudatorias”.
Esta medida se desprende luego de que el gobierno nacional pusiera fin a través del decreto 765/2024, a la obligación de pagar a SADAIC por reproducir música y películas en fiestas privadas, y luego de que la Sociedad de Autores advertiera a los dueños de los salones de fiestas de que deberían seguir abonándoles más de un 12% del costo total del evento.
En este contexto, AOEPA, a través de un comunicado informó que “ven con total alegría la derogación de los derechos de cobro de entidades privadas” por parte de SADAIC y AADICAPIF (que representa a los artistas intérpretes y a los productores de fonogramas, tanto nacionales como extranjeros) porque “abusaron de sus facultades recaudatorias, estableciendo en forma unilateral, arbitraria y discrecional montos dinerarios a aquellas personas y entidades que vienen realizando eventos privados en salones, con sumas cuantiosas, que ahogaban la posibilidad de afrontar la celebración privada”.
A su vez aclararon que SADAIC por más que manifestara que el decreto tiene una redacción “absolutamente imprecisa”, el pago estimado del 12% afecta directamente a las personas que quieren realizar un evento privado, porque justamente el cliente “no realizan acto comercial ni explotan absolutamente nada con la reproducción de temas musicales”, pero en cambio deben “afrontar un gasto de gran incidencia sobre los costos totales” de las fiestas que desean realizar.
Para finalizar, además AOEPA, aclara que en consonancia con su reclamo histórico y la nueva normativa nacional aconseja tanto a sus asociados como a sus establecimientos de la actividad “no exigir a sus clientes abonar suma alguna por derecho de propagación ya derogada, haciendo la salvedad que se deberá respetar la normativa nacional, provincial o municipal que legalmente en el futuro se puede promulgar”.