FERNÁNDEZ ANUNCIÓ LA PRÓRROGA HASTA EL 10 DE MAYO

Sigue la cuarentena pero se podrá salir a caminar por 1 hora

El presidente Alberto Fernández anunció la cuarta nueva etapa del aislamiento social, preventivo y obligatorio.
sábado, 25 de abril de 2020 · 22:45

Con algunas flexibilizaciones, como la posibilidad de salir a caminar hasta un radio de 500 metros y durante una hora, el presidente Alberto Fernández anunció que el aislamiento social, preventivo y obligatorio se prorroga hasta el 10 de mayo. Las clases seguirán suspendidas, pero en esta cuarta fase y a diferencia de las anteriores, el mandatario anunció que los gobernadores tendrán mayor poder para otorgar excepciones, particularmente en localidades con menos de 500 mil habitantes.

Para la cuarta etapa del aislamiento social, preventivo y obligatorio que comenzó el 20 de marzo, Fernández eligió estar acompañado de su jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, el ministro de Salud, Ginés González García, el ministro del Interior, Eduardo “Wado” De Pedro, y la Secretaria de Acceso a la Salud, Carla Vizzoti.

Estos son los principales anuncios:

  • Los grandes aglomerados urbanos son los lugares de mayor riesgo de transmisión del virus. Por ese motivo, todos los aglomerados urbanos de más de quinientos mil habitantes en el país seguirán cumpliendo las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio como lo hicieron durante los últimos quince días.
  • La Administración Pública Nacional seguirá funcionando con las dotaciones mínimas establecidas.
  •  Siguen suspendidas en todo el país las clases presenciales en todos los niveles y modalidades.
  • También siguen suspendidos los eventos públicos y privados: sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y otros. Lo mismo ocurre con los centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público o privado.
  • Siguen suspendidas las actividades turísticas, apertura de parques, plazas y similares.
  • Las fronteras seguirán cerradas para el ingreso de extranjeros. El ingreso de los residentes continuará en los términos que sean compatibles con el control sanitario.
  • El transporte de pasajeros aéreo de cabotaje e internacional, terrestre interurbano, entre jurisdicciones e internacional continúan sin autorización para funcionar.

Las gobernadoras y los gobernadores podrán decidir excepciones al cumplimiento de las medidas de aislamiento. Estas excepciones serán autorizadas únicamente cuando se cumplan las siguientes cinco condiciones sanitarias:

1) Tiempo de duplicación de casos confirmados inferior a quince días,

2) Sistema de salud con capacidad adecuada para dar respuesta,

3) Evaluación positiva de las autoridades sanitarias respecto al riesgo socio-sanitario en relación con la densidad poblacional,

4) El porcentaje de la población exceptuada de las medidas de aislamiento no podrá superar el 50% de la población total del departamento o partido,

5) La zona geográfica no podrá estar definida como “con transmisión local o por conglomerado” por la autoridad sanitaria nacional.

  • Si alguno de estos indicadores no se cumple, el departamento o partido no podrá avanzar con las excepciones.
  • El Jefe de Gabinete de Ministros podrá disponer el cese de las excepciones que incumplan con los criterios epidemiológicos / sanitarios.
  •  Las y los trabajadores mayores de sesenta años, embarazadas o personas incluidas en los grupos en riesgo (definidos por el Ministerio de Salud) están dispensados de concurrir a sus puestos de trabajo. 
  •  Todas las personas podrán realizar salidas breves (caminatas de máximo 1 hora), a no más de 500 metros de su domicilio, sin utilizar transporte público y cumpliendo con las recomendaciones de distanciamiento e higiene.

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