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Prorrogaron el pago de aportes e IVA para autónomos

La medida no alcanza a personas físicas que se desempeñen en sociedades comerciales o civiles.
Martes, 26 de septiembre de 2023 a las 11:54

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó el vencimiento del pago del IVA y del aporte personal de los trabajadores autónomos. La medida fue ordenada por el Ministerio de Economía y los nuevos vencimientos de las obligaciones quedaron fijados en dos modalidades y dependiendo de la finalización del CUIT.

Para el aporte personal, cualquiera fuera la categoría que revistieren, correspondiente a los períodos de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de este año, la fecha de vencimiento de pago será: 

El pago del Impuesto al valor agregado correspondiente a los mismos periodos de tiempo quedó estimado de la siguiente manera: 

¿Alcanza a todos los autónomos?

Aun así, esta nueva iniciativa no alcanza a todos los trabajadores de este eslabón. Según detallaron en el Boletín Oficial, quedaron excluidos las "personas físicas que se desempeñen en la dirección, administración o conducción de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo". Estos mismos están consignados en la Tabla I del Anexo II del Decreto Nº 1866 de la siguiente forma: 

  •  Personas comprendidas: personas físicas que realicen la dirección, administración o conducción de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo (Artículo 2º, incisos b), apartado 1 y d) de la Ley Nº 24.241 y sus modificaciones).
  • Categorías mínimas: se determinarán en función de los ingresos brutos anuales obtenidos por la persona física, por cualquier concepto, en retribución a la mencionada actividad.
  • Categoría III: Ingresos brutos anuales inferiores o iguales a PESOS QUINCE MIL ($ 15.000.-).
  • Categoría IV: Ingresos brutos anuales mayores a PESOS QUINCE MIL ($ 15.000.-) e inferiores o iguales a PESOS TREINTA MIL ($ 30.000.-).
  • Categoría V: Ingresos brutos anuales mayores a PESOS TREINTA MIL ($ 30.000.-).

Para este sector regirá un "vencimiento especial" para el ingreso de su aporte personal como trabajadores autónomos correspondiente al mes de septiembre de 2023. Según aclararon, operará el día 23 de octubre de 2023 para todas las terminaciones de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT).

 

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