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ARA San Juan: condenaron a Claudio Villamide, pero un juez pidió absolverlo

El Tribunal Oral Federal de Santa Cruz dio a conocer los fundamentos de la sentencia contra el exjefe de la Fuerza de Submarinos. La mayoría consideró que incumplió obligaciones de supervisión y que existió una cadena de omisiones. Uno de los jueces sostuvo que no pudo probarse el nexo entre esas conductas y la muerte de los 44 tripulantes.

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Jueves, 20 de agosto de 2026 a las 20:24
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La Fiscalía había solicitado penas superiores para los cuatro acusados.

El Tribunal Oral Federal de Santa Cruz dio a conocer los fundamentos de la sentencia que condenó al excomandante de la Fuerza de Submarinos Claudio Javier Villamide por su responsabilidad en el hundimiento del ARA San Juan, ocurrido el 15 de noviembre de 2017 y que provocó la muerte de sus 44 tripulantes.

Villamide fue condenado a tres años de prisión de ejecución condicional por los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y estrago culposo agravado por el resultado muerte. Además, recibió una inhabilitación especial para ejercer cargos públicos por el doble del tiempo de la condena. La decisión no fue unánime. La mayoría estuvo integrada por los jueces Mario Gabriel Reynaldi y Enrique Nicolás Baronetto, mientras que el tercer integrante del tribunal, Luis Alberto Giménez, consideró que Villamide debía ser absuelto.

Los otros tres acusados -Luis Enrique López Mazzeo, Héctor Aníbal Alonso y Hugo Miguel Correa- fueron absueltos por unanimidad.

En qué radicó la diferencia de postura de los jueces

La diferencia entre los magistrados estuvo principalmente en determinar hasta dónde llegaban las responsabilidades de Villamide como jefe de la Fuerza de Submarinos y, especialmente, si las omisiones que se le atribuyeron tuvieron una relación concreta con el hundimiento del submarino.

Para la mayoría, Villamide ocupaba una posición de garante respecto de las unidades bajo su órbita. Desde el 21 de febrero de 2017 estaba al frente del Comando de la Fuerza de Submarinos y tenía entre sus funciones intervenir en el alistamiento, sostén logístico y conducción de las unidades submarinas. Según Reynaldi y Baronetto, esa responsabilidad no significaba que Villamide fuera el comandante del ARA San Juan, pero sí le imponía obligaciones de supervisión y de intervención frente a situaciones que excedieran los riesgos propios de la navegación.

Uno de los antecedentes que la mayoría consideró relevante ocurrió en julio de 2017, cuando el ARA San Juan registró un ingreso de agua relacionado con la válvula E19. El episodio fue informado por el entonces comandante del submarino, Pedro Fernández, y llegó a conocimiento de Villamide. Durante el juicio, el exjefe de la Fuerza de Submarinos explicó que convocó personalmente a Fernández para pedirle precisiones y que recibió como respuesta que el inconveniente había sido solucionado.

Villamide sostuvo que confió en la palabra del comandante porque se trataba de un oficial con amplia experiencia y una extensa trayectoria como submarinista. Sin embargo, para la mayoría del tribunal, el denominado principio de confianza no podía ser considerado absoluto frente a determinadas situaciones de riesgo.

La sentencia sostuvo que la autonomía del comandante de la nave no eliminaba las obligaciones propias de quien estaba por encima de él dentro de la estructura de la Armada. La mayoría reconstruyó así una cadena de omisiones que, según su interpretación, comenzó antes de la última navegación y continuó durante la emergencia del 15 de noviembre.

Los jueces consideraron que Villamide debía haber ejercido un mayor control sobre determinados aspectos relacionados con la seguridad de la unidad y que su responsabilidad no podía quedar desplazada únicamente por las decisiones adoptadas por Fernández.

En cambio, el juez Luis Alberto Giménez llegó a una conclusión diferente.

Para el magistrado, el principal problema era que durante el juicio no pudo establecerse con certeza cuál fue la causa concreta que provocó la pérdida de control del submarino y su posterior descenso hasta la profundidad de colapso.

Desde esa perspectiva, podían existir irregularidades, incumplimientos reglamentarios o decisiones discutibles, pero para atribuir responsabilidad penal por el resultado era necesario demostrar que esas conductas habían generado precisamente el riesgo que terminó concretándose en el hundimiento. La posición de Giménez se centró así en el vínculo causal entre las omisiones atribuidas a Villamide y la tragedia.

El juez también cuestionó aspectos de la acusación fiscal y consideró que no se habían individualizado con suficiente precisión los deberes que cada uno de los acusados debía cumplir ni se había explicado de manera adecuada cómo esas obligaciones se relacionaban con el resultado final. A su entender, la acusación presentaba inconsistencias y vaguedades que impedían alcanzar el grado de certeza necesario para una condena penal.

La diferencia de criterios quedó reflejada en un juicio que comenzó el 3 de marzo y se extendió durante cuatro meses, con casi 90 testigos, entre submarinistas, familiares, especialistas y exintegrantes de la Armada. También se incorporó abundante documentación técnica y se realizó una inspección ocular sobre el ARA Santa Cruz, submarino gemelo del ARA San Juan.

La Fiscalía había solicitado penas superiores para los cuatro acusados. Para Villamide había pedido cinco años de prisión, mientras que para López Mazzeo había requerido la misma pena, cuatro años para Alonso y tres años y seis meses para Correa. El tribunal finalmente solo condenó a Villamide y aplicó una pena menor a la solicitada por los fiscales.

Con la difusión de los fundamentos comienza una nueva etapa del proceso. Las partes podrán analizar en detalle los argumentos utilizados por la mayoría y por la disidencia, mientras que la defensa de Villamide ya había anticipado que evaluaría recurrir la sentencia ante la Cámara Federal de Casación Penal.

La resolución vuelve a poner el foco sobre una de las preguntas centrales de la causa: hasta dónde llega la responsabilidad de los superiores de una estructura militar cuando una unidad bajo su mando enfrenta una emergencia y qué nivel de certeza es necesario para vincular las omisiones de esos funcionarios con un resultado fatal.

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