La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el planteo presentado por la Municipalidad de Darwin, en Río Negro, que buscaba habilitar radares móviles sobre la Ruta Nacional 22 sin autorización de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.vLa decisión fue tomada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, quienes consideraron inadmisible el recurso extraordinario impulsado por la comuna.
El caso se originó luego de que la Agencia Nacional de Seguridad Vial dispusiera la baja de la homologación y autorización de radares móviles operados por el municipio sobre la Ruta Nacional 22. Según se detalló en el expediente, durante inspecciones realizadas por el organismo nacional se detectaron distintas irregularidades técnicas y operativas vinculadas al funcionamiento de los equipos.
La Municipalidad de Darwin sostuvo en su presentación judicial que contaba con facultades de control y sanción dentro de su ejido urbano, incluso en sectores correspondientes a rutas nacionales.
Sin embargo, tanto la Justicia de primera instancia como la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal rechazaron el planteo y validaron las atribuciones de la ANSV para regular y autorizar el uso de cinemómetros en rutas nacionales.
En el fallo también se señaló que el municipio podía solicitar nuevamente la autorización correspondiente si adecuaba el funcionamiento de los radares a la normativa vigente. Entre las observaciones realizadas durante las inspecciones aparecieron certificados vencidos, ausencia de informes técnicos periódicos, deficiencias en la señalización y la utilización de un radar que había sido suspendido por la autoridad nacional.
Los jueces entendieron que esas irregularidades resultaban incompatibles con los objetivos de seguridad vial invocados por la comuna y, en consecuencia, dejaron firme la decisión de la ANSV.