El Banco Central de la República Argentina (BCRA) reglamentó este miércoles el nuevo esquema de créditos en dólares para empresas y publicó la letra chica de una medida que amplía el acceso al financiamiento en moneda extranjera. La normativa quedó establecida mediante la Comunicación “A” 8467 y habilita a las entidades financieras a otorgar préstamos a personas jurídicas que hasta ahora no estaban contempladas dentro de los principales destinos del crédito en dólares.
El cambio alcanza especialmente a empresas que no generan ingresos habituales en moneda extranjera. Hasta ahora, este tipo de financiamiento estaba concentrado principalmente en compañías vinculadas al comercio exterior y con capacidad de generar dólares.
Con la nueva regulación, los bancos podrán ampliar el universo de empresas que reciben estos préstamos, aunque bajo límites y controles específicos para reducir el riesgo de que una compañía quede expuesta a una deuda en dólares mientras sus ingresos evolucionan en pesos.
Cuál es el límite para los bancos
Uno de los principales puntos de la normativa establece que las entidades financieras no podrán destinar más del 15% de sus depósitos totales en dólares a este nuevo segmento de préstamos. El límite busca permitir una mayor utilización de los dólares depositados en el sistema financiero, pero al mismo tiempo mantener una barrera para evitar una expansión descontrolada del crédito en moneda extranjera.
Además, el BCRA dispuso que los bancos deberán prestar “especial atención” al flujo de fondos y a la situación patrimonial de las empresas que soliciten estos créditos.
El objetivo es determinar si el deudor podrá afrontar eventuales aumentos en el monto de sus obligaciones sin comprometer su capacidad de pago. Para esa evaluación deberá contemplarse especialmente que los ingresos de una empresa pueden no evolucionar al mismo ritmo que el tipo de cambio.
La regulación también incrementa el respaldo de capital requerido para estas operaciones. El BCRA estableció un factor de 1,25 sobre el importe correspondiente para el cálculo de determinados riesgos crediticios y exposiciones frente a grandes deudores.
Cómo se determinará la tasa y hasta cuándo se podrá acceder
La tasa de interés no será fijada por el Banco Central. Al tratarse de una operación entre privados, el costo final del préstamo será acordado entre cada banco y la empresa solicitante.
Por ese motivo, no existe una única tasa establecida para todos los créditos ni una condición uniforme para las compañías que quieran acceder al nuevo esquema. Las condiciones dependerán de la negociación y de la evaluación crediticia que realice cada entidad.
Tampoco se estableció una fecha límite para solicitar estos préstamos. La disponibilidad estará condicionada, entre otros factores, por la capacidad que tengan los bancos para prestar dentro del límite establecido sobre sus depósitos en dólares.
Otro punto central es el destino de los fondos. De acuerdo con la nueva normativa, los dólares provenientes de estos créditos deberán ser liquidados en el mercado cambiario oficial, lo que implica que las empresas deberán convertirlos en pesos bajo las condiciones establecidas por la regulación.
La medida había sido anticipada por el Gobierno y quedó encuadrada en el Decreto de Necesidad y Urgencia 736/2026, que amplió las posibilidades de utilización de los depósitos en moneda extranjera y habilitó al BCRA a establecer las condiciones para financiar también a otras personas jurídicas.
El nuevo esquema apunta así a movilizar una mayor cantidad de dólares depositados en el sistema financiero hacia el crédito productivo. Sin embargo, el Banco Central mantuvo límites y exigencias prudenciales para evitar que empresas sin ingresos en moneda extranjera asuman un nivel de endeudamiento que pueda resultar difícil de afrontar ante una eventual variación del tipo de cambio.