La Cámara Federal de Casación Penal confirmó este viernes las condiciones de prisión domiciliaria de Cristina Kirchner y rechazó todos los planteos presentados por su defensa. De esta manera, la expresidenta deberá continuar utilizando la tobillera electrónica, mantendrá las restricciones para recibir visitas y seguirá con las limitaciones para acceder a la terraza del edificio donde cumple la condena por la causa Vialidad. La decisión fue adoptada por la Sala IV de Casación, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña, quienes ratificaron la resolución dictada por el Tribunal Oral Federal 2, encargado de ejecutar la condena de seis años de prisión.
La defensa había solicitado eliminar el monitoreo electrónico, flexibilizar el régimen de visitas y permitir un acceso más amplio a la terraza del edificio ubicado en la calle San José 1111, donde la exmandataria cumple la prisión domiciliaria. Sin embargo, los magistrados concluyeron que no existen circunstancias nuevas que justifiquen modificar las condiciones impuestas.
Uno de los principales argumentos de la defensa fue que Cristina Kirchner cumplió durante un año todas las reglas establecidas por la Justicia, sin registrar incumplimientos ni incidentes.
No obstante, la Cámara sostuvo que el correcto cumplimiento de esas condiciones no constituye un motivo suficiente para flexibilizar el régimen. Por el contrario, señaló que precisamente ese comportamiento permitió sostener el beneficio de la prisión domiciliaria y que las medidas continúan siendo razonables para garantizar el cumplimiento de la condena.
Además, los jueces rechazaron el planteo basado en el principio de progresividad previsto en la Ley de Ejecución Penal. Consideraron que ese sistema está pensado para quienes cumplen condena dentro del régimen penitenciario y que no obliga a modificar automáticamente las condiciones de una prisión domiciliaria, que constituye una modalidad excepcional.
Respecto del régimen de visitas, Casación recordó que las restricciones actuales fueron impuestas tras un episodio ocurrido en noviembre de 2025, cuando la expresidenta recibió simultáneamente a nueve personas en su domicilio. Aunque todos figuraban en el listado autorizado, el tribunal entendió que ese encuentro colectivo no había sido expresamente habilitado y endureció las condiciones.
Desde entonces, las visitas de terceros requieren autorización judicial individual, con un máximo de dos días por semana, hasta dos horas de duración y un límite de tres personas por encuentro. Ese esquema fue nuevamente confirmado por la Cámara.
En relación con la tobillera electrónica, la defensa sostenía que ya no existía riesgo de fuga y que el dispositivo resultaba innecesario después de un año de cumplimiento sin inconvenientes y con custodia permanente en el domicilio.
Los jueces rechazaron ese planteo y remarcaron que la legislación vigente establece el monitoreo electrónico como regla general para quienes cumplen prisión domiciliaria, salvo situaciones excepcionales de carácter médico, técnico u operativo, condiciones que —según indicaron— no se presentan en este caso.
Por último, Casación también confirmó las restricciones para utilizar la terraza del edificio. El tribunal entendió que las limitaciones horarias siguen siendo razonables porque buscan compatibilizar el derecho de la expresidenta a acceder a un espacio abierto con la tranquilidad y la convivencia del resto de los vecinos.