El Tribunal Oral Federal N° 2 resolvió este miércoles mantener la prisión domiciliaria de Cristina Kirchner, al considerar que la expresidenta cumplió de manera adecuada con todas las condiciones establecidas en su domicilio del barrio porteño de Constitución. La decisión fue firmada por el juez Rodrigo Giménez Uriburu y ratificó la modalidad que la exmandataria viene cumpliendo desde junio de 2025.
La resolución se apoyó en los informes trimestrales de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal (DCAEP) y de la Dirección de Asistencia de Personas Bajo Vigilancia Electrónica (DAPVE), correspondientes a abril, mayo y junio. Ambos organismos coincidieron en señalar una "actitud de colaboración y buena predisposición" por parte de la expresidenta, con trato cordial hacia el personal de control y sin irregularidades en el registro de visitas. Los controles también verificaron que ninguna persona no autorizada ingresó a la vivienda durante el período evaluado.
Cristina se ausentó de su domicilio en contadas ocasiones, todas previamente autorizadas. Las salidas incluyeron sus comparecencias ante el Tribunal Oral Federal N° 7 para declarar en el juicio por la causa Cuadernos, y traslados para atención médica: controles odontológicos en la Clínica Cecchi y chequeos postoperatorios en el Sanatorio Otamendi. En todos los casos, según consignó la Justicia, los movimientos se realizaron sin inconvenientes y dentro de las pautas establecidas. Además, el monitoreo electrónico no registró interrupciones en la geolocalización de la expresidenta, y las únicas alertas del sistema correspondieron a esas salidas autorizadas.
Sin embargo, la resolución no evitó referirse al banderazo organizado por la militancia el 14 de junio, episodio que ya había motivado una advertencia formal del propio juez Giménez Uriburu. El magistrado reconoció la relevancia del hecho y aclaró que no lo minimiza, pero concluyó que, analizado en el contexto del resto de los antecedentes, "no posee entidad suficiente para alterar, por sí mismo, la conclusión a que conducen los informes de control". El episodio quedó registrado como un antecedente a tener en cuenta de cara al futuro, pero no como un motivo para modificar la modalidad de cumplimiento de la pena.
En materia de salud, el tribunal constató que Cristina continúa con su tratamiento por la ausencia de glándula tiroides, recibió vacunas en el domicilio y mantiene su medicación diaria. Con todos estos elementos sobre la mesa, el TOF 2 concluyó que la expresidenta cumplió adecuadamente con el deber de permanencia en el domicilio y con el resto de las obligaciones fijadas, por lo que resolvió mantener la prisión domiciliaria para el cumplimiento de la condena.