¿Quiere recibir notificaciones de alertas?

Lunes 30 de Marzo, Neuquén, Argentina
Logo Am2022
PUBLICIDAD

La justicia suspendió más de 80 artículos de la reforma laboral tras un planteo de la CGT

La decisión es provisoria y fue tomada por un juzgado laboral que advirtió posibles afectaciones a derechos. La ley había sido sancionada a fines de febrero y ahora queda parcialmente frenada.

Por Redacción

Lunes, 30 de marzo de 2026 a las 15:08
PUBLICIDAD

Un freno judicial a una ley recién aprobada

La Justicia laboral dispuso la suspensión provisoria de más de 80 artículos de la reforma laboral impulsada por el Gobierno nacional, luego de una medida cautelar presentada por la CGT.

La resolución fue firmada por el juez Raúl Ojeda, quien interviene en el fuero laboral y ordenó detener la aplicación de parte de la Ley de Modernización Laboral (27.802), sancionada el pasado 27 de febrero.

El planteo sindical que activó la medida

La presentación fue realizada por la conducción de la CGT, integrada por Jorge Alberto Sola, Octavio Argüello y Cristian Jerónimo, quienes cuestionaron la constitucionalidad de varios puntos de la normativa.

En el escrito, la central obrera apuntó contra artículos vinculados a derechos sindicales, negociación colectiva y huelga, además de aspectos que impactan en condiciones laborales de alcance general.

Qué observó la Justicia

Al analizar el planteo, el juzgado advirtió la posibilidad de una “afectación de derechos constitucionales” y el riesgo de un “perjuicio inminente” para los trabajadores en caso de que la ley se aplique en su totalidad.

En ese marco, el juez consideró que existen elementos suficientes para dictar la suspensión provisoria, al menos hasta que se resuelva la cuestión de fondo.

También señaló la “verosimilitud del derecho calificada” como uno de los fundamentos centrales para avanzar con la cautelar.

Una decisión provisoria, pero con impacto inmediato

La medida no es definitiva, pero tiene efectos concretos: los artículos cuestionados quedan sin aplicación mientras avance el proceso judicial.

El propio fallo remarca que se trata de una decisión tomada en una instancia preliminar, a la espera de un análisis más profundo sobre la constitucionalidad de la norma.

Lo que viene: una definición de fondo

El expediente seguirá su curso y la discusión central se trasladará a una etapa posterior, donde se evaluará en detalle la validez de los artículos impugnados.

Mientras tanto, el escenario queda abierto: una ley recientemente aprobada, con parte de su contenido suspendido y una disputa judicial que recién comienza a definirse.

PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD