El Gobierno avanzó con una medida que impacta de lleno en los conflictos gremiales del sector aéreo y obliga a garantizar la mayoría de los vuelos incluso durante los paros. A través de una resolución oficial, la Administración Nacional de Aviación Civil estableció un esquema de servicios mínimos obligatorio para las aerolíneas y sindicatos.
La normativa fija que, durante una medida de fuerza, se deberá asegurar al menos el 75% de la actividad aerocomercial, ya que el sector fue declarado servicio esencial. Esto implica un fuerte límite a la capacidad de los gremios de paralizar completamente los vuelos.
La decisión surge tras una serie de conflictos que afectaron el funcionamiento de aeropuertos en todo el país, generando cancelaciones y demoras que impactaron tanto en pasajeros como en el transporte de cargas.
Según se detalló, el cálculo del servicio mínimo se aplicará sobre la franja horaria afectada por el paro, incluyendo tanto vuelos regulares como no regulares dentro, desde o hacia la Argentina. Además, una vez finalizada la medida de fuerza, el sistema deberá normalizarse en un plazo máximo de 30 minutos.
La reglamentación también establece límites claros sobre qué operaciones no pueden ser afectadas bajo ningún concepto. Entre ellas, se incluyen vuelos sanitarios, aeronaves públicas y servicios que ya hayan iniciado su operación antes del paro.
En el caso de rutas con baja frecuencia, se deberá garantizar al menos un vuelo diario si es el único disponible, mientras que los vuelos internacionales deberán ser reprogramados para operar dentro de las cuatro horas posteriores a la medida gremial.
Otro punto clave es que las medidas de fuerza deberán suspenderse ante condiciones climáticas adversas, como tormentas o niebla, para evitar riesgos en la seguridad operacional.
Desde el Gobierno argumentaron que la interrupción total del servicio aéreo puede comprometer la seguridad y afectar gravemente la movilidad, por lo que consideran necesario este esquema de funcionamiento mínimo.