Justicia

Condenan a explotadores sexuales de Catriel

Son cuatro personas que regenteaban dos cabarets de la localidad petrolera de Río Negro. Se los condenó a tres años de prisión. Para la fiscal, las víctimas podían decidir seguir o no trabajando allí.
martes, 1 de noviembre de 2016 · 20:35

El Tribunal Oral Federal de General Roca condenó a cuatro personas a tres años de prisión condicional, por haber mantenido a 17 víctimas –algunas de ellas extranjeras indocumentadas- en prostíbulos de la localiad de Catriel –"casas de tolerancia”, según la sentencia-,  a las que explotaban sexualmente. Dos de los acusados, tenían además pendientes una causa por abuso sexual de una menor de edad. No pudieron ser condenados por el delito de trata de personas porque la fiscal del caso estimó que las mujeres tuvieron la posibilidad de decidir no seguir trabajando allí bajo esas condiciones.

El fallo se conoció hoy y lo firmaron Armando Mario Márquez, Eugenio Krom y Alejandro Silva.

Los condenados fueron identificados como Oscar Ordóñez, de 56 años; Nurys Antonia Carballo Castillo, dominicana de 48 años; Jorge Martínez, de 35 y Juan Moisés Navarete Ayala, chileno de 53. Los cuatro fueron enjuiciados bajo los cargos de haber abusado "de la situación de vulnerabilidad en que se encontraban las víctimas, con el fin de explotarlas, obteniendo provecho del comercio Sexual”. Además se les endilgó ocultar a ocho de esas mujeres en calidad de indocumentadas.

Según el fallo "tales conductas fueron verificadas a partir del procedimiento llevado a cabo por el personal de la Agrupación XII "Comahue” de Gendarmería Nacional el 2 de octubre de 2011, aproximadamente a partir de la 1.20 de la madrugada, en el inmueble sito en calle P. Hernández sin número de la localidad de Catriel, donde se ubica el local comercial –cabaret-  del que el imputado (Ordóñez) era encargado del denominado "Personal Club” y de los alojamientos donde residían las víctimas.

El caso de Nurys Carballo Castillo se originó en otro procedimiento también realizado por personal de Gendarmería el mismo día pero una hora más tarde en el cabaret "El Sueño”.

La Fiscal General, Mónica Belenguer,  dijo que luego de efectuar un exhaustivo análisis de las constancias del expediente y de la prueba producida, entendía que no se encontraban reunidos los elementos configurativos del delito de trata de personas, circunstancia que finalmente los jueces tuvieron en cuenta a la hora de dictar la sentencia. Dijo la fiscal en su alegato: "no se puede concluir de que haya existido una situación de extrema vulnerabilidad, toda vez que las nombradas (ocho mujeres) tenían plena posibilidad de autodeterminación, ya que, no obstante de que se advierte en todos los relatos condiciones desfavorables en sus  modos de vida y trabajos anteriores, no hay elementos que permitan inferir que sus consentimientos para trabajar como alternadoras en los locales nocturnos hayan sido prestados sin la libertad suficiente para ello”.

Ninguno de los condenados irá a la cárcel, pese a que a Martínez se le anexó otra causa por abuso sexual de una menor y se lo condenó, en definitiva, a seis años de prisión.

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