Justicia
Condenan a explotadores sexuales de Catriel
Son cuatro personas que regenteaban dos cabarets de la localidad petrolera de Río Negro. Se los condenó a tres años de prisión. Para la fiscal, las víctimas podían decidir seguir o no trabajando allí.El Tribunal Oral Federal de General Roca condenó a cuatro
personas a tres años de prisión condicional, por haber mantenido a 17 víctimas –algunas
de ellas extranjeras indocumentadas- en prostíbulos de la localiad de Catriel –"casas
de tolerancia”, según la sentencia-, a
las que explotaban sexualmente. Dos de los acusados, tenían además pendientes
una causa por abuso sexual de una menor de edad. No pudieron ser condenados por
el delito de trata de personas porque la fiscal del caso estimó que las mujeres
tuvieron la posibilidad de decidir no seguir trabajando allí bajo esas
condiciones.
El fallo se conoció hoy y lo firmaron Armando Mario Márquez,
Eugenio Krom y Alejandro Silva.
Los condenados fueron identificados como Oscar Ordóñez, de 56
años; Nurys Antonia Carballo Castillo, dominicana de 48 años; Jorge Martínez,
de 35 y Juan Moisés Navarete Ayala, chileno de 53. Los cuatro fueron
enjuiciados bajo los cargos de haber abusado "de la situación de vulnerabilidad
en que se encontraban las víctimas, con el fin de explotarlas, obteniendo
provecho del comercio Sexual”. Además se les endilgó ocultar a ocho de esas
mujeres en calidad de indocumentadas.
Según el fallo "tales conductas fueron verificadas a partir
del procedimiento llevado a cabo por el personal de la Agrupación XII "Comahue”
de Gendarmería Nacional el 2 de octubre de 2011, aproximadamente a partir de la
1.20 de la madrugada, en el inmueble sito en calle P. Hernández sin número de
la localidad de Catriel, donde se ubica el local comercial –cabaret- del que el imputado (Ordóñez) era encargado
del denominado "Personal Club” y de los alojamientos donde residían las
víctimas.
El caso de Nurys Carballo Castillo se originó en otro
procedimiento también realizado por personal de Gendarmería el mismo día pero
una hora más tarde en el cabaret "El Sueño”.
La Fiscal General, Mónica Belenguer, dijo que luego de efectuar un exhaustivo
análisis de las constancias del expediente y de la prueba producida, entendía
que no se encontraban reunidos los elementos configurativos del delito de trata
de personas, circunstancia que finalmente los jueces tuvieron en cuenta a la
hora de dictar la sentencia. Dijo la fiscal en su alegato: "no se puede
concluir de que haya existido una situación de extrema vulnerabilidad, toda vez
que las nombradas (ocho mujeres) tenían plena posibilidad de autodeterminación,
ya que, no obstante de que se advierte en todos los relatos condiciones
desfavorables en sus modos de vida y
trabajos anteriores, no hay elementos que permitan inferir que sus
consentimientos para trabajar como alternadoras en los locales nocturnos hayan
sido prestados sin la libertad suficiente para ello”.
Ninguno de los condenados irá a la cárcel, pese a que a
Martínez se le anexó otra causa por abuso sexual de una menor y se lo condenó,
en definitiva, a seis años de prisión.