JUSTICIA DE LA INJUSTICIA

Pasó 14 años preso por un asesinato que no cometió

Es un taxista que en 2010 lo condenaron a 25 años de cárcel por un crimen en una salidera. La Corte Suprema lo absolvió. La causa es escandalosa.
jueves, 8 de octubre de 2020 · 21:04

Un hombre estuvo 14 años preso, su sentencia fue confirmada por dos instancias y pasó por 9 unidades penales, hasta que la Corte Suprema de Justicia, que se tomó 5 años para estudiar su apelación, lo absolvió de culpa y cargo al comprobar que nada tenía que ver con el homicidio que le endilgaron. El fallo del máximo tribunal cuestionó a las cámaras que confirmaron su condena a 25 años de cárcel y a los policías que lo investigaron, muchos de los cuales están presos por inventar causas y plantar pruebas.

Jorge Enrique González Nieva, taxista de 55 años de edad, fue condenado en 2010 por el Tribunal Oral en lo Criminal 1 a la pena de 25 años de prisión, tras haber sido enjuiciado por el asesinato de Analía Bibiana Aguerre, de 43, ocurrido durante una salidera bancaria en el partido de Merlo.

Su juicio fue seguido celosamente por referentes de Amnistía Internacional quienes desde un principio no avalaron la teoría oficial y creyeron en su inocencia. Estaba acusado de “robo con homicidio resultante y portación de arma de guerra”.

Tras su condena, González Nieva pasó por las cárceles de Florencio Varela, de Urdapilleta, de General Alvear, de Olmos, de Junín, de Mercedes, nuevamente en Varela, en La Matanza y finalmente en la Unidad 26 de Olmos, tras lo cual salió con arresto domiciliario el pasado 3 de octubre.

Con las firmas del presidente Carlos Rosenkratz y los ministros Horacio Rosatti, Elene Inés Highton, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, la Corte entendió que el fallo del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 1 de Morón que lo condenó, se dictó desconociendo "las garantías constitucionales de debido proceso, defensa en juicio y de presunción de inocencia" y que estas falencias no fueron atendidas por la Sala II del Tribunal de Casación Penal y, posteriormente, por la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires al confirmarla.

Los ministros de la Corte cuestionaron uno de los elementos utilizados para condenarlo: la identificación por fotografías del imputado por parte de un testigo del hecho que, luego, no pudo reconocerlo personalmente.

De acuerdo a la resolución, la Corte también aseguró que no existió ninguna prueba forense que vincule físicamente a González Nieva con los hechos, ni tampoco pudo establecerse su vinculación con las personas identificadas como miembros de la banda que cometió el robo.

Además, criticó que no se hubiera valorado el resultado negativo del reconocimiento en rueda de personas por parte de todos los testigos, y consideró que tanto los descargos del imputado como la prueba testimonial producida en su favor fueron descartados con argumentos inadmisibles por ser directamente contrarios a las fundamentales garantías de la presunción de inocencia y defensa en juicio.

Para la Corte, no se tuvieron en cuenta los testimonios que avalaban que, al momento de los hechos, González Nieva, quien trabajaba como taxista, se encontraba en otro lugar.

Los jueces consideraron que fue "alarmante" la existencia de "serias irregularidades" en la investigación policial y recordaron que el González Nieva, que vive en Merlo, declaró ante los jueces que lo condenaron que el policía que lideró la investigación le había exigido que le entregara su taxi como coima y que su negativa había contribuido a mantenerlo imputado y detenido.

Según el fallo, al momento del debate oral, los efectivos policiales que tuvieron un rol central en la instrucción del caso se encontraban detenidos y bajo proceso por distintos hechos delictivos que involucraban la adulteración de información y la fabricación de imputaciones con fines extorsivos en el marco de sus investigaciones, incluida la de este mismo caso.

El máximo tribunal puso énfasis en que "los jueces deben velar por la legalidad de los procesos judiciales, garantizando que las sentencias no sean el producto de procedimientos irregulares o directamente ilegales".

Fiscal coimero

Al respecto, el abogado Manuel Garrido de Innocence Project AR que se constituyó como Amicus Curiae en el marco del expediente, dijo que en diciembre de 2017 el fiscal que investigó el hecho, Alejandro Jons, fue suspendido acusado de recibir dinero para beneficiar a detenidos y de armar causas con falsos abogados para quedarse con los bienes de los imputados.

Una de esas investigaciones fue la del crimen de Aguerre y el letrado afirmó que la Corte Suprema bonaerense todavía no avanzó con el jury de enjuiciamiento, por lo que el funcionario judicial continúa suspendido.

El hecho

El hecho por el que había sido condenado González Nieva ocurrió el 24 de mayo de 2006, cuando Aguerre, que acababa de retirar 11 mil pesos de un banco de Morón, fue asesinada de un balazo en la cabeza por tres “motochorros” que la siguieron hasta su casa de Libertad, de Merlo.

El 19 de julio de ese año González Nieva fue detenido, acusado de ser el autor material del crimen de la mujer.

Además del taxista, dos hombres fueron condenados por el asesinato de Aguerre, uno de los cuales también aseguraba su inocencia.

Mantenete informado todo el día. Escuchá AM550 La Primera aquí

Seguinos por la tele, en CN247 aquí

Comentarios