VIOLACIÓN EN CANAL V

Unanimidad: La pareja es culpable de abusar de dos nenas

Los hechos ocurrieron en un barrio de la ciudad de Neuquén. Él es un vigilador privado que había violado también a una nena en Misiones.
jueves, 7 de octubre de 2021 · 20:40

Un jurado popular declaró culpable a una pareja por haber abusado sexualmente de dos niñas, en lo que se conoció como los “abusos de Canal V” en Neuquén. Al hombre, además, también se lo juzgó por haber abusado de otra nena, hija de una ex pareja, y se lo encontró culpable. El próximo paso será convocar a una audiencia para determinar qué condena se les aplicará.

Fueron cuatro intensas jornadas de juicio en las que el fiscal Maximiliano Breide Obeid acusó a S.D (un vigilador privado, oriundo de Misiones) por tres casos de abuso sexual infantil. Y a Y.V.F como cómplice de los abusos a sus dos hijas pequeñas.

Con abundante prueba científica y testimonial, el jurado popular avaló la teoría del fiscal y dio por sentado que S.D, el 1 de mayo de 2019, abusó sexualmente de una niña que era hija de una mujer que en aquel momento era su pareja. Ocurrió en una vivienda en la capital de la provincia de Misiones en la que convivían.

El segundo y el tercer hecho ocurrieron entre marzo y abril de 2020, también en la vivienda ubicada en inmediaciones de Gasowsky y Zeballos del barrio Canal V de Neuquén. En este caso, los abusos fueron cometidos en perjuicio de dos niñas, hijas de Y.V.F, quien en ese entonces era su pareja y que también fue acusada y declarada culpable por el jurado popular.

Respecto de S.D y por el primer hecho, el fiscal jefe Breide Obeid pidió al jurado popular que lo declarara “responsable de abuso sexual simple, agravado por haber sido cometido a una menor de 18 años, aprovechándose de la situación de convivencia preexistente”. Por el segundo y el tercer caso solicitó la “declaración de responsabilidad por dos hechos de abuso sexual con acceso carnal, agravado por haber sido cometido a una menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente y por la participación de dos personas”.

En el caso de Y. V. F, el fiscal distinguió su conducta en los dos hechos: En uno pidió al jurado que la condenara por el delito abuso sexual con acceso carnal agravado por haber sido cometido a una menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente y por haber sido cometido por dos personas, en carácter de autora; mientras que en el otro planteó el mismo delito, pero en carácter de partícipe necesaria.

Tras deliberar alrededor de dos horas, el tribunal resolvió por unanimidad declarar la responsabilidad de los acusados por los delitos que le atribuyó la fiscalía. Respecto al tercer hecho, el tribunal popular quitó a la calificación el agravante referido a la intervención de dos personas.

Las dos personas ahora condenadas llegaron al juicio por jurados detenidas, con prisión preventiva en el caso de S. D y con prisión domiciliaria en el caso de Y. V. F. En ambos casos, el argumento por el cual se impusieron estas medidas cautelares fueron la existencia de riesgo de fuga y de entorpecimiento de la investigación.

Mantenete informado todo el día. Escuchá AM550 La Primera aquí

Seguinos por la tele, en CN247 aquí

Comentarios

Otras Noticias