CONDENA POR HOMICIDIO

Su hijo la agredió, él la defendió y lo mató

Le dieron 3 años de cárcel a un hombre por matar a un adolescente de 17 años que estaba golpeando a su madre. Para la Justicia se trató de un caso de exceso en la legítima defensa de un tercero.
martes, 3 de agosto de 2021 · 14:45

Osiel Eleazar García Calfiante fue condenado este lunes por el homicidio de Neyen Andrés Inostroza, ocurrido el 27 de octubre de 2019 en Centenario. Mediante un acuerdo entre las parte, durante una audiencia ante un tribunal que había sido convocado para realizar el juicio tradicional, pero a partir del reconocimiento del imputado y con el aval de la familia de la víctima, la fiscal del caso María Eugenia Titanti solicitó la posibilidad de reconvertir la audiencia y realizar un procedimiento abreviado. Para los funcionarios judiciales se trató de un caso de exceso en la legítima defensa de un tercero.

 

Según la investigación que realizó la fiscalía, el hecho ocurrió en la casa de la madre de la víctima, por la madrugada. Allí se encontraban Inostroza y su novia, su madre y el imputado. Cerca de las 7, la víctima discutió con su madre y comenzaron a agredirse físicamente. García Calfiante intercedió con el objetivo de defender a la mujer. Forcejeó con la víctima y, excediéndose en la defensa de la mujer, tomó un cuchillo y le asestó dos puñaladas en la zona del tórax. Luego del ataque, el joven fue trasladado al hospital Natalio Burd y posteriormente al hospital Castro Rendón, donde finalmente falleció, aproximadamente a las 8:30 de la mañana. 

 

“Siempre consideramos que el señor García Calfiante intervino en el hecho con la intención de repeler una agresión y no con dolo homicida”, explicó la fiscal del caso durante la audiencia de hoy, y aclaró que el acusado se excedió en el modo en que ejerció esa defensa. “Hubo un uso excesivo del elemento, en la intensidad”, explicó en referencia al cuchillo con el que apuñaló a Inostroza. El hombre llegó a la audiencia acusado por el delito de homicidio simple en exceso de la legítima defensa de un tercero. 

 

Al momento de explicar los términos del acuerdo y también con el aval de todas las partes, la fiscal solicitó una pena de tres años de prisión en suspenso, un punto medio entre el mínimo de un año y el máximo de cinco años que prevé el Código Penal para el delito que se imputó. A favor del condenado se valoró que siempre aceptó su autoría, que no tiene antecedentes, entre otros aspectos.

 

Una cuestión valorada en su contra fue que luego del hecho no prestó ayuda, ni a la víctima ni a la persona a la que había intentado defender.

 

Tras un cuarto intermedio de aproximadamente una hora, el tribunal homologó el acuerdo y declaró la responsabilidad penal de García Calfiante. Además, tal como lo había solicitado la fiscalía, impuso una serie de reglas de conducta que el condenado deberá cumplir durante el cumplimiento de la condena de tres años de prisión condicional:  fijar residencia, concurrir trimestralmente a la Dirección de Población Judicializada, prohibición de acercamiento y contacto con las personas que intervinieron como querellantes, abstenerse de consumir drogas o alcohol, y retomar el tratamiento por  adicciones en una institución en la que deberá realizar 96 horas anuales de trabajo comunitario.

 

Mantenete informado todo el día. Escuchá AM550 La Primera aquí

Seguinos por la tele, en CN247 aquí

Comentarios