DEFENSA DEL CONSUMIDOR

El super no le hizo descuento y ahora le tendrá que pagar 120 mil pesos

La promoción decía que con el pago de una tarjeta le devolverían el 15%, pero al llegar a la caja no se lo hicieron y tampoco se lo reintegraron en el resumen.
martes, 20 de diciembre de 2022 · 15:15

Ante el alto costo que genera ir al súper, muchas personas utilizan las promociones de las tarjetas de crédito para poder realizar sus compras y al menos ganarle algunos pesos a la inflación. Así fue como un cliente de Chango Más decidió que iba pagar la cuenta del carrito con un plástico del Banco Nación, luego ver el cartel que promocionaba el 15% de reintegro. Pero no todo salió como pretendía.

En la demanda en la que intentó hacer valer el derecho del consumidor, garantizado por la ley 24.240, el cliente hizo referencia a que decidió ir un sábado al supermercado ubicado sobre la calle Perón de Roca porque era el día había un 15% de descuento si pagaba con Tarjeta Nativa, perteneciente al Banco Nación.

La compra no fue grande. Es más recorrió algunas góndolas y calculó que el gasto total era de 1925 pesos, por lo que le debían realizar un descuento de 288 pesos. Al llegar a la caja, pasó cada uno de los artículos, que sumaba lo esperado. Sin embargo el problema surgió cuando a la hora de cargar las promociones el monto de la registradora no varió. Al consultar la promoción, le explicaron que el banco debía reintegrárselo y lo vería imputado en su resumen de cuentas.

El cliente esperó casi dos años que el Banco Nación le realice el reintegro del gasto, pero al no tener respuestas decidió presentar una demanda en la Justicia Civil de Roca. Obviamente que no fue fácil para él, ya que debió padecer el "rol pasivo y desinteresado" que mantuvo el supermercado en sus planteos.

La jueza Agustina Naffa, asumida recientemente como titular del Juzgado Civil n°1 de Roca, decidió condenar a Chango Más, una empresa perteneciente al Grupo De Narváez, y actualizó los valores con los intereses acumulados desde el día de la compra. Además deberán pagarle una indemnización por daño moral y punitivo.

El reclamo original fue por 288 pesos, pero el supermercado deberá pagarle unas 420 veces más de lo que debía reintegrarle hace dos años cuando el cliente realizó la compra. En total, deberá cobrar 120 mil pesos, a lo que se le debe agregar los intereses, en tanto que también debe hacerse cargo de los gastos del proceso además de los honorarios de los abogados intervinientes.

El cliente decidió recurrir a la Justicia luego de intentar buscar soluciones por otras vías, así fue como se presentó en la Dirección de Comercio e Industria, donde realizó la denuncia por Defensa del Consumidor. Sin embargo el supermercado no se presentó. La empresa hizo lo mismo cuando se impulsó una mediación prejudicial, pero los plazos se vencieron sin respuestas

Ya con la demanda en la Justicia Civil, los abogados de la empresa contestaron que el cliente debía impulsar el reclamo contra Banco Nación, pero la jueza entendió que la Ley de Defensa del Consumidor "hace responsables por los daños sufridos por el consumidor al productor, el fabricante, el importador, el distribuidor, el proveedor, el vendedor, y quien haya puesto su marca en la cosa o servicio". Y explicó que también tenía derecho a iniciar acciones contra el banco, pero aclaró que la demanda se podía interponer contra todos, algunos o sólo uno de los integrante de la cadena comercial, lo que quedaba a elección del consumidor.

Sobre la publicidad de descuento, entendió que el cliente "tuvo expectativas concretas, generadas ante el anuncio exhibido en el supermercado y en la folletería del mismo, que se vieron frustradas debido a que nunca se concretó el descuento". Además aclaró que "al consumidor le resultaba totalmente ajena la relación entre Chango Más y la entidad bancaria. El consumidor compró en el supermercado el día sábado a fin de obtener el descuento promocionado y éste nunca se efectivizó".

En la sentencia destacó que Chango Más "no ha probado haber explicado al consumidor -parte débil en la relación de consumo- que el descuento lo realizaría el Banco".

"Los proveedores tienen la obligación legal de brindar condiciones de atención y trato digno. De igual modo se les hace extensivo el deber de información clara y veraz, débito que naturalmente se propaga a cada una de las integrantes de la cadena de comercialización" por lo que la empresa infringió "el derecho a la información y al trato digno del consumidor y por ende debe responder por los daños y perjuicios ocasionados".

 

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