FALLO DEL TSJ

Revocan absolución de una mujer en un caso de abuso infantil

Su pareja fu condenado. A ella, un tribunal de impugnación la absolvió, pero con fundamentos cuestionables.
miércoles, 17 de mayo de 2023 · 17:03

La sala penal del Tribunal Superior de Justicia anuló la absolución de una mujer que fue juzgada junto a su pareja por el abuso sexual al que fue sometida una niña de su entorno familiar. En el juicio fue condenada, pero luego un tribunal de impugnación la exculpó. Ahora el TSJ dispuso que otra conformación de Impugnación retome el caso y dicte un nuevo fallo.

Fueron la fiscal jefa Sandra González Taboada y la fiscal Gabriela Macaya, quienes presentaron un recurso extraordinario de impugnación ante el TSJ.

El fallo de la corte provincial tiene fecha del 15 de mayo y confirmó la responsabilidad y la pena de 10 años y 6 meses de prisión para el condenado como autor del hecho, y en el caso de la mujer, que en el juicio había sido condenada pero que luego fue absuelta por un tribunal de impugnación, ordenó que una nueva conformación de ese cuerpo retome el caso y revise la sentencia.

Los hechos ocurrieron, de mayo a mayo, entre 2018 y 2020. En ese período, O.D.C.C abusó sexualmente de una niña en un pequeño departamento en el que convivía con ella y con una mujer. Como consecuencia de esas agresiones, en una oportunidad la niña fue llevada por la mujer, S.I.T, a la guardia del hospital local, desde donde fue derivada a una clínica privada de Neuquén y en donde, dada la gravedad de las heridas que presentaba, debió ser operada.

Mientras que la teoría de la defensa fue que esas heridas se produjeron por un accidente doméstico, la fiscalía acreditó en el juicio que fueron producto de los abusos sexuales.

En esa instancia, los delitos atribuidos al varón fueron abuso sexual con acceso carnal en carácter de autor, agravado por la convivencia preexistente con  una menor de 18 años, en modalidad continuada y en concurso ideal con corrupción de menores. La mujer fue condenada como cooperadora de abuso sexual con acceso carnal, agravado por la convivencia preexistente y por el vínculo, en concurso ideal con el delito de corrupción de menores.

Si bien  inicialmente ambos fueron condenados a una pena de 14 años de prisión, luego, un tribunal de impugnación absolvió a la mujer y redujo la pena del varón a 10 años y 6 meses.

La fiscalía acudió de manera extraordinaria ante el Tribunal Superior de Justicia, que mediante el fallo de los vocales Alfredo Elosu Larumbe (voto principal) y Evaldo Moya (adhesión), confirmó la condena del varón y revocó la absolución de la mujer. El autor del voto principal precisó que el tribunal “se apartó de la controversia planteada por las partes y de las pruebas producidas en el debate” y que “el órgano revisor reconoció que efectuó conjeturas”, a partir de las cuales “procuró sustentar la duda en beneficio de la imputada”. Por esa razón, se ordenó que una nueva conformación del Tribunal de Impugnación analice el caso y vuelva a expedirse.

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