Durante más de quince años, una periodista fue la cara visible del Teleférico Cerro Otto: armaba gacetillas, organizaba visitas, recibía a figuras públicas, manejaba redes sociales y se encargaba de la imagen del complejo turístico. Tenía oficina, uniforme con el logo de la empresa y hasta un teléfono institucional. Pero, para la Fundación que administra el lugar, no era una empleada, al menos, no en los papeles.
Esta semana, la justicia laboral de Bariloche dictó una sentencia que echó por tierra esa ficción. Confirmó que durante todo ese tiempo existió una relación laboral encubierta y ordenó que la Fundación reconozca formalmente los años trabajados, indemnice a la periodista y le entregue certificados con las fechas reales.
Según el fallo, la mujer empezó en 2006 como encargada de prensa. Estaba siempre presente en el complejo, pero nunca fue registrada. Solo en 2021, luego de insistir varias veces, accedieron a blanquearla, aunque sin reconocerle los años anteriores.
A principios de este año, la despidieron con una carta documento. Sin explicaciones ni preaviso, le pagaron una suma muy por debajo de lo que le correspondía. Entonces decidió acudir a la Justicia.
La Fundación, en su defensa, intentó sostener que no había relación laboral. Dijo que la periodista era una profesional externa, que no tenía horarios ni obedecía órdenes, y que solo se la convocaba para tareas puntuales. Pero los testigos contaron otra historia.
Con todos esos elementos, el tribunal concluyó que había dependencia clara, tanto técnica como jurídica. Que el hecho de que facturara como monotributista no cambiaba nada. Y que, detrás de esa apariencia de trabajo independiente, había una relación laboral como cualquier otra.
La sentencia también declaró inconstitucionales algunas partes del DNU 70/23 que eliminaban sanciones contra los empleadores. Y advirtió que la Ley Bases no se puede aplicar retroactivamente para perjudicar a trabajadores despedidos antes de su vigencia. Ahora la Fundación deberá pagar una suma millonaria en concepto de indemnización y reconocer oficialmente los más de 17 años de trabajo. Si no cumple, se le aplicará una multa diaria de $10.000.