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Un abogado neuquino dejó caer un juicio por inactividad y deberá indemnizar a su cliente

El profesional perdió el primer proceso por no impulsarlo durante más de seis meses y presentó un nuevo reclamo cuando el plazo ya había vencido. La Justicia confirmó su responsabilidad por negligencia y reconoció el daño causado al cliente.

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Lunes, 19 de octubre de 2026 a las 20:09
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La Cámara Apelaciones 2 mantuvo la responsabilidad del profesional, tal como se había decidido en primera instancia.

Un abogado deberá indemnizar a un antiguo cliente por la negligencia que provocó la caída de un juicio y le impidió obtener una decisión judicial sobre un reclamo por incapacidad. La Justicia de Neuquén confirmó la responsabilidad profesional, luego de comprobar que el letrado dejó pasar más de seis meses sin impulsar el expediente y que, cuando intentó iniciar nuevamente la acción, el plazo para reclamar ya había vencido.

El caso llegó a la Sala B de la Cámara de Apelaciones 2, integrada por Juan Manuel Menestrina y Nancy Noemí Vielma, que mantuvo la responsabilidad del abogado establecida en primera instancia por el juez Marcos Recupero. El tribunal modificó aspectos relacionados con la reparación por daño moral y los intereses, pero ratificó que el profesional debía responder por las consecuencias de su actuación.

 

El juicio cayó dos veces y el reclamo prescribió

El hombre había contratado al abogado para gestionar una indemnización vinculada con una incapacidad. Sin embargo, el primer expediente terminó por caducidad de la instancia, luego de que transcurrieran más de seis meses sin actividad procesal.

El profesional intentó presentar nuevamente el reclamo, pero lo hizo cuando el plazo legal para iniciar la acción ya había vencido. De esa manera, el segundo proceso también fracasó y la prescripción impidió que un juez analizara el planteo original.

Al evaluar lo ocurrido, Recupero consideró que no existían circunstancias que justificaran la inactividad ni explicaciones suficientes para haber iniciado el segundo juicio fuera de término. También remarcó que el abogado tenía el deber de informar a su cliente sobre los riesgos que enfrentaba el reclamo.

La sentencia sostuvo que el hombre había depositado su confianza en el profesional, quien la defraudó con una conducta negligente y omisiva que lo privó de obtener una resolución judicial.

 

Qué indemnización reconoció la Justicia

Uno de los puntos centrales del fallo fue determinar qué daño debía repararse. Los jueces aclararon que la responsabilidad del abogado no significaba que el cliente necesariamente hubiera ganado el juicio original.

Lo que debía indemnizarse era la pérdida de una oportunidad concreta de obtener un resultado favorable. Es decir, el perjuicio de haber quedado sin la posibilidad de que la Justicia evaluara los fundamentos de su reclamo.

La Cámara también tuvo en cuenta las consecuencias personales que provocó la falta de respuestas durante años. Durante una pericia psicológica, el hombre relató que había dejado el trámite en manos de su abogado y que pasó mucho tiempo sin recibir novedades.

“Pasaron dos años y no había ninguna novedad”, recordó. Más adelante, al referirse al desenlace, resumió su frustración con otra frase: “Pasaron cuatro años y había sido rechazado todo”.

 

La pérdida de una respuesta judicial

Al revisar el caso, el camarista Juan Manuel Menestrina destacó que la negligencia profesional le quitó al cliente la posibilidad de obtener una respuesta del Poder Judicial sobre su derecho, cualquiera fuera el resultado.

Para el tribunal, el daño no se limitó a la eventual pérdida de una indemnización. También incluyó la angustia, la incertidumbre y el desgaste de haber confiado el trámite a un abogado y descubrir, años después, que el reclamo ya no podía ser analizado.

Con esa evaluación, la Cámara mantuvo la responsabilidad del profesional y confirmó que debía indemnizar a su antiguo cliente, aunque revisó aspectos de la reparación por daño moral y el cálculo de los intereses.

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