Mariano Nicolás Iuliano fue condenado a un año de prisión de cumplimiento efectivo por el homicidio de Néstor Jesús Ibarra, ocurrido en el barrio Sapere de Neuquén. La condena fue dictada bajo la figura de exceso en la legítima defensa, a partir de un acuerdo presentado por la Fiscalía durante la audiencia de determinación de la pena.
La fiscal del caso, Lorena Juárez, presentó el acuerdo ante el tribunal, que estableció la pena de un año de prisión efectiva para Iuliano. Para arribar a ese acuerdo, la representante del Ministerio Público Fiscal tuvo en cuenta el pedido de la familia de Ibarra de no continuar con el proceso, manifestado a través del Servicio de Atención a la Víctima y Testigos (SAVyT) del Ministerio Público Fiscal.
Iuliano ya había sido declarado penalmente responsable por el homicidio mediante un veredicto unánime. Durante el juicio, la Fiscalía había solicitado una condena por homicidio simple.
El homicidio ocurrió en el barrio Sapere
El hecho ocurrió entre las 4:45 y las 5:10 del 21 de agosto de 2025, en un sector del barrio Sapere cercano a la costa del río Neuquén. Ibarra se encontraba junto a su expareja, una amiga de ella y un amigo cuando salieron de una vivienda para comprar cigarrillos.
En ese momento, Iuliano llamó a Ibarra desde su domicilio para que se acercara a hablar. Cuando la víctima ingresó al sector donde se encontraba la vivienda del acusado, este le asestó una única puñalada con un arma blanca de grandes dimensiones en el costado izquierdo del cuerpo y luego huyó.
Ibarra alcanzó a pedir ayuda antes de desplomarse. La autopsia determinó que murió como consecuencia de un shock hipovolémico provocado por una herida punzocortante que lesionó ambos pulmones y el corazón.
Exceso en la legítima defensa
El tribunal colegiado que intervino en el juicio estuvo integrado por las juezas Florencia Martini y Natalia Pelosso y el juez Juan Manuel Kees. Los magistrados sostuvieron que Iuliano actuó para protegerse de una agresión previa y consideraron que durante el debate no pudo descartarse esa hipótesis.
Ante esa situación, el tribunal entendió que la duda debía interpretarse a favor del acusado. Por ese motivo, el hecho fue encuadrado como un homicidio cometido con exceso en la legítima defensa, pese a que durante el juicio la Fiscalía había solicitado una condena por homicidio simple.
En la audiencia de determinación de la pena, el mismo tribunal avaló el acuerdo presentado por la fiscal Juárez y condenó a Iuliano a un año de prisión de cumplimiento efectivo. Las partes renunciaron a los plazos para presentar impugnaciones, por lo que la sentencia quedó firme.