Imputaron a un sujeto que le disparó e hirió a otro hombre en la vía pública en la ciudad de Neuquén. La víctima se salvó de milagro. El acusado deberá cumplir con arresto domiciliario y utilizar tobillera eléctrica.
El fiscal del caso Andrés Azar fue quien le formuló cargos a G.A.H. por haber efectuado un disparo con un arma de fuego que hirió gravemente a un hombre en febrero de 2025. La jueza de garantías Carina Álvarez tuvo por formulada la acusación en los términos planteados por la fiscalía, pero rechazó el pedido de prisión preventiva y dispuso la detención domiciliaria por cuatro meses, con tobillera electrónica y prohibición de contacto con testigos.
El hecho que se investiga ocurrió el 16 de febrero del año pasado, entre las 17 y las 17:30, en la zona de calles Pérez Novella y Collón Curá de Neuquén.
Según la acusación, la víctima se encontraba junto a otras personas en la vereda de una vivienda cuando, tras un intercambio previo con un tercer individuo, el imputado se presentó en el lugar. De acuerdo con la reconstrucción fiscal, se ocultó detrás de un vehículo, extrajo un arma de fuego y efectuó un disparo que impactó en el torso.
El herido debió ser trasladado de urgencia al hospital Heller y luego al Castro Rendón, donde fue intervenido quirúrgicamente. La rápida atención médica evitó su fallecimiento.
¿De qué lo acusan?
El Ministerio Público Fiscal encuadró provisoriamente el hecho como tentativa de homicidio agravado por el uso de arma de fuego, en calidad de autor. Para sostener la imputación, Azar mencionó declaraciones de la víctima y de dos testigos presenciales que identificaron al acusado como quien efectuó el disparo, además de informes médicos, pericias y actuaciones policiales.
La defensa no cuestionó la materialidad del hecho, pero sí la calificación legal. Sostuvo que no existió intención de matar, sino un uso indebido del arma en el marco de una confrontación previa, y planteó que el caso debía encuadrarse como abuso de armas. La jueza Álvarez rechazó ese planteo al considerar que, por la forma en que se produjo el disparo —arma de fuego, ocultamiento previo, posición de tiro y dirección hacia una zona vital—, se encuentra configurado, al menos en esta etapa inicial, el dolo homicida.
El representante del MPF solicitó la prisión preventiva por 4 meses, al sostener que existían riesgos de fuga y de entorpecimiento de la investigación. La defensa se opuso y propuso una alternativa menos gravosa, al señalar que el imputado siempre estuvo localizable, incluso con monitoreo electrónico previo, y que no hubo contacto con testigos durante más de un año.
Al resolver, la jueza consideró acreditado el riesgo de fuga, en función de la gravedad del hecho, la expectativa de pena y la solidez de la imputación. Sin embargo, descartó el riesgo de entorpecimiento y entendió que la prisión domiciliaria resultaba suficiente para asegurar el proceso. En consecuencia, dispuso que el imputado cumpla arresto domiciliario en su vivienda, con control electrónico, rondines policiales y prohibición de acercamiento o contacto con la víctima y los testigos.