Un giro que cambia el rumbo del caso
Una causa por abuso sexual intrafamiliar dio un vuelco inesperado tras la intervención del Tribunal de Impugnación. Los jueces resolvieron anular dos decisiones del juez de garantías Juan Pablo Balderrama y permitir que el Ministerio Público Fiscal reformule la acusación.
La medida implica retroceder el proceso a una etapa anterior al control de la acusación, lo que abre nuevamente el escenario judicial y redefine el punto de partida del juicio.
El origen: una denuncia y nuevos datos que no estaban
La investigación comenzó con la declaración de una niña en Cámara Gesell. A partir de ese testimonio, la fiscalía formuló cargos y avanzó hacia la instancia de juicio.
Pero con el paso del tiempo, y en el marco de su tratamiento terapéutico, la víctima pudo brindar nueva información en una segunda entrevista. Esos datos no estaban al inicio de la causa y, según el Ministerio Público Fiscal, modificaban la gravedad de los hechos.
Por ese motivo, los fiscales buscaron reformular la acusación para incorporar esos elementos y ajustar el encuadre legal.
La negativa que frenó todo
El juez de garantías rechazó esa posibilidad. Primero, no permitió la reformulación dentro del mismo expediente. Luego, cuando la fiscalía intentó avanzar en un nuevo legajo, volvió a impedirlo.
El argumento fue la aplicación del principio de “non bis in ídem”, que prohíbe que una persona sea juzgada dos veces por el mismo hecho.
Esa decisión dejó a la causa sin posibilidad de incorporar los nuevos datos surgidos con posterioridad.
La respuesta del Tribunal: “no hubo doble juzgamiento”
El fiscal jefe Gastón Ávila y la fiscal del caso Inés Gerez impugnaron las resoluciones. Sostuvieron que no se trataba de perseguir dos veces el mismo hecho, sino de actualizar la acusación con información que no existía al momento inicial.
El Tribunal de Impugnación les dio la razón. Los jueces Nazareno Eulogio, Andrés Repetto y Patricia Lupica Cristo concluyeron que la interpretación del magistrado fue incorrecta y que no existía violación del principio de “non bis in ídem”.
En su resolución, remarcaron que la aparición de nuevos elementos permite readecuar la acusación, especialmente en casos donde intervienen niñas y niños, en los que los relatos pueden surgir de manera progresiva.
Qué pasa ahora con la causa
Con las resoluciones anuladas, el expediente vuelve a una etapa previa. Esto habilita al Ministerio Público Fiscal a reformular los cargos e incorporar toda la información nueva surgida durante la investigación.
El proceso, que parecía encaminado hacia una instancia cerrada, vuelve a abrirse. Y con eso, también cambia el alcance de lo que se va a discutir en el juicio.