Un cipoleño fue acusado por grooming contra una adolescente de Roca, luego de que la Fiscalía determinara que la contactó por WhatsApp y le envió mensajes y audios de contenido sexual, aun sabiendo que se trataba de una menor de edad. La investigación reunió más de mil páginas de conversaciones, registros y archivos de audio extraídos de los teléfonos del acusado y de la víctima, mientras que el juez de Garantías abrió la etapa de investigación penal preparatoria.
La acusación fue presentada por la fiscal adjunta Daniela Espinoza Sagredo. De acuerdo con la teoría del Ministerio Público, los hechos se produjeron entre julio y agosto de 2025, cuando el hombre estabeció contacto con la adolescente y mantenido con ella comunicaciones de índole sexual a través de WhatsApp.
La conversación que encendió la alarma
El comienzo de la causa fue determinante para la investigación. La madre de la adolescente escuchó a su hija hablar por teléfono con una persona que no conocía y detectó algo que le generó preocupación: durante la conversación, la joven brindaba información detallada sobre sus rutinas y los horarios que tenía durante el día.
A partir de esa situación, la mujer decidió acudir a la Justicia y realizar la denuncia. Desde ese momento comenzó una investigación que permitió reconstruir los contactos mantenidos entre la adolescente y el acusado. Y allí apareció uno de los elementos más contundentes incorporados al expediente.
Más de mil páginas de conversaciones
La Fiscalía recurrió a la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (OITEL) para analizar los teléfonos celulares vinculados con la investigación. El trabajo técnico permitió extraer una enorme cantidad de información: más de mil páginas de registros, conversaciones y archivos de audio.
Según la acusación, dentro de ese material aparecen las comunicaciones que permitirían sostener que el acusado mantuvo contactos de contenido sexual con la adolescente.
La evidencia digital se convirtió así en uno de los principales pilares de la imputación. La Fiscalía presentó ante el juez el resultado de un peritaje sobre los dispositivos electrónicos que permitió incorporar al legajo una gran cantidad de material.
Además, durante la investigación se realizó un allanamiento en la vivienda del acusado, ubicada en Cipolletti, y se incorporó un informe elaborado por la Oficina de Atención a la Víctima. Ese organismo también explicó las razones técnicas por las cuales no fue posible realizar la entrevista de la adolescente mediante Cámara Gesell.
La defensa cuestiona la interpretación
Durante la audiencia, el defensor Pablo Barrionuevo no formuló objeciones formales a la acusación presentada por la Fiscalía. Sin embargo, dejó planteada una cuestión que podría ser central durante el avance del expediente: anticipó que discutirá la interpretación que el Ministerio Público Fiscal realiza sobre los mensajes incorporados como evidencia. El acusado, por su parte, decidió no declarar. Se trata de un derecho constitucional y su silencio no puede ser utilizado en su contra.
Con los elementos presentados, el juez de Garantías Gustavo Quelín resolvió dar por iniciada la investigación penal preparatoria y estableció un plazo de cuatro meses para que la Fiscalía continúe reuniendo pruebas.
El grooming es un delito que apunta a las maniobras de contacto y acercamiento realizadas por una persona mayor de edad hacia un menor mediante medios digitales con una finalidad sexual. En este caso, la Fiscalía sostiene que el acusado conocía la edad de la adolescente y, pese a ello, avanzó con comunicaciones de contenido sexual.