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Salió a comprar pan y lo mataron: anularon la condena y harán otro juicio

El Tribunal de Impugnación anuló la sentencia contra Yutiel Huinca por la muerte ocurrida en el barrio Lavalle. Los jueces detectaron contradicciones en testimonios clave, dudas sobre la identificación del acusado y cuestionamientos a la prueba técnica. Ahora habrá un nuevo juicio desde cero.

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Martes, 09 de junio de 2026 a las 18:25
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El homicidio ocurrió en julio de 2023 en el barrio Lavalle de Viedma. Dos jueces votaron por anular la condena y uno se pronunció en disidencia.

La causa por la muerte de Jonathan Carlos Damián Caracciolo dio un vuelco que pocos esperaban. El Tribunal de Impugnación decidió anular la condena que pesaba sobre Yutiel Huinca y ordenó que todo vuelva a discutirse en un nuevo juicio oral. La resolución cayó como una bomba judicial en Viedma porque deja sin efecto una sentencia que ya había encontrado responsable al acusado por portación ilegítima de arma de guerra y homicidio culposo.

El crimen ocurrió el 4 de julio de 2023 en el barrio Lavalle, escenario de una balacera que terminó con la muerte de Caracciolo. En el juicio original se había concluido que Huinca efectuó disparos en la vía pública y que uno de esos proyectiles fue el que terminó con la vida de la víctima. Sin embargo, para la mayoría de los jueces del Tribunal de Impugnación, la condena tenía grietas demasiado profundas como para sostenerse.

El punto más explosivo del fallo está en los testimonios. Los magistrados revisaron uno por uno los relatos escuchados durante el debate y detectaron contradicciones que, según entendieron, no fueron analizadas con el rigor necesario. Una testigo considerada clave para la acusación cambió versiones, presentó imprecisiones y además mantenía conflictos previos con el acusado. Para el tribunal, antes de dar por válido su reconocimiento, era indispensable examinar con detalle su credibilidad y la calidad de su percepción durante aquella noche caótica.

Las dudas también aparecieron alrededor de la motocicleta en la que supuestamente se movilizaba el tirador. Mientras algunos testigos hablaron de una moto negra con detalles rojos, otros describieron una motocicleta tipo cross de color blanco. La diferencia no fue considerada menor. Por el contrario, los jueces sostuvieron que se trataba de datos centrales para establecer quién disparó y que la sentencia original no abordó esas inconsistencias de manera completa.

Otro de los puntos que hizo tambalear la condena fue una acusación basada en comentarios de terceros. Una mujer declaró que un joven le dijo que el autor de los disparos era Huinca. Pero cuando ese mismo joven llegó al juicio, aseguró que nunca pudo reconocer al tirador. Para el Tribunal de Impugnación, esa atribución indirecta no podía tener el peso que se le otorgó porque la testigo jamás observó directamente quién efectuaba los disparos.

La prueba técnica tampoco logró salir indemne. Los jueces remarcaron que no se pudo demostrar una relación concreta entre el arma secuestrada y el acusado. Incluso señalaron que la propia Fiscalía reconoció que no existía una vinculación directa entre esa arma y Huinca. Además, recordaron que el hallazgo de residuos compatibles con disparos no alcanza por sí solo para afirmar con certeza quién accionó el arma utilizada en el hecho.

Con este escenario, la mayoría del Tribunal concluyó que la sentencia no respondió adecuadamente a los cuestionamientos de la defensa y que las contradicciones detectadas no podían ser tratadas como simples detalles. Por eso anuló tanto la condena como el juicio anterior y ordenó que el expediente vuelva a la Oficina Judicial para organizar un nuevo debate con otros jueces. 

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