Una chofer de taxi deberá indemnizar a un motociclista por un siniestro vial ocurrido frente al hospital Natalio Burd en Centenario. El demandante afirmó que la conductora realizó un giro en “U” después de dejar a un pasajero, y que esa maniobra indebida fue la causa del impacto.
El juez Civil Martín Peliquero consideró que es indistinto que haya realizado un giro no permitido, sino que lo que importa es que lo hizo sin advertir la presencia de otros vehículos.
Agregaron que no existieron elementos “que permitan eximirla de responsabilidad”. El fallo tomó en cuenta la pericia que reconstruyó la mecánica del hecho. Este informe determinó que la conductora del taxi se encontraba detenida sobre el cordón norte de la avenida y, al intentar incorporarse al tránsito, fue embestida por el motociclista.
Cómo se defendió la taxista
La sentencia rechazó la versión brindada por la taxista, quien afirmó que colocó la luz de giro e ingresó al carril de circulación para continuar hacia el oeste y que el impacto se produjo después de haber recorrido aproximadamente 60 metros.
“Al salir de estar estacionada en la guardia del hospital e incorporar mi unidad al carril de la avenida, la moto que circulaba a gran velocidad impacta mi unidad en la parte trasera izquierda provocando que mi unidad genere un giro de 180 grados hacia la izquierda”, había manifestado la conductora.
Sin embargo, en las fotografías de la motocicleta, no se pudieron comprobar daños compatibles con un impacto capaz de hacer girar al auto.
La sentencia final
Al momento de fijar la indemnización, el juez contempló daños materiales vinculados a gastos médicos, farmacia, traslados y vestimenta.
También reconoció un resarcimiento cercano a los 52 millones de pesos por daño físico e incapacidad, al considerar las secuelas permanentes y la pérdida de potencialidades futuras de la víctima. A ello sumó cinco millones de pesos por daño moral y más de dos millones por daño emergente.