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El TSJ revocó la prisión domiciliaria y el empresario condenado por abuso sexual volvió a quedar detenido

El TSJ revocó la prisión domiciliaria del condenado por abuso sexual y corrupción de menores y dispuso su traslado a una comisaría.

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El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Neuquén hizo lugar al pedido del Ministerio Público Fiscal (MPF) y dispuso revocar la prisión domiciliaria al condenado por un jurado popular por los delitos de abuso sexual y corrupción de menores. La resolución judicial dejó sin efecto una medida previa fijada por un Tribunal de Impugnación y ratificó la prisión preventiva dictada originalmente.

El procedimiento se concretó durante la tarde de este jueves mediante un operativo encabezado por el fiscal del caso Manuel Islas y efectivos de la Policía del Neuquén. El condenado fue retirado de la vivienda donde cumplía el beneficio y trasladado directamente a una unidad policial de la capital neuquina.

En la actualidad, J. R. se encuentra alojado en una comisaría de Neuquén bajo prisión preventiva efectiva. La decisión fue respaldada por la Sala Penal del TSJ, integrada por los vocales Alfredo Elosu Larumbe y Soledad Gennari, tras el planteo presentado por el fiscal jefe Pablo Vignaroli, el fiscal Manuel Islas y la querella representada por Carlos Caroselli.

El recorrido judicial que derivó en la detención

La situación procesal de J. R. tuvo un giro determinante tras el recurso de impugnación extraordinaria presentado por la fiscalía. Un jurado popular ya lo había hallado culpable por delitos contra la integridad sexual y corrupción de menores, instancia que derivó en el dictado de la prisión preventiva por parte de un juez de garantías, medida que en su momento fue confirmada por un Tribunal Revisor.

Sin embargo, un Tribunal de Impugnación posterior había concedido el beneficio de la prisión domiciliaria. Ante esto, los fiscales Pablo Vignaroli y Manuel Islas, junto con el abogado querellante Carlos Caroselli, solicitaron ante la Sala Penal del TSJ la revisión urgente del fallo al considerar subsistentes los riesgos procesales.

La decisión judicial de la Sala Penal

El pronunciamiento firmado por los vocales Alfredo Elosu Larumbe y Soledad Gennari restituyó el criterio fijado en las primeras instancias. El tribunal evaluó la gravedad de los delitos atribuidos, la condena impuesta por la ciudadanía mediante jurado y la necesidad de resguardar el proceso.

"La resolución dejó sin efecto la morigeración de la pena ambulatoria y ordenó el alojamiento inmediato en sede policial."

¿Qué pasará en los próximos días?

Tras la ejecución del traslado concretada por la Policía provincial, se espera que el condenado permanezca alojado en la unidad policial asignada mientras se tramitan las instancias finales de revisión de la condena. La defensa aún cuenta con plazos recursivos ante estamentos superiores, aunque la ejecución de la medida cautelar preventiva se mantendrá en modo efectivo.

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