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Pidieron anular la prisión domiciliaria del empresario condenado por abuso sexual en Neuquén

El Ministerio Público Fiscal presentó un recurso extraordinario ante el Tribunal Superior de Justicia para que se revoque el beneficio de prisión domiciliaria concedido al hombre  declarado culpable por un jurado popular de abuso sexual y corrupción de menores.

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a fiscalía advirtió sobre el riesgo de fuga y calificó de "manifiestamente arbitraria" la decisión del Tribunal de Impugnación.

El Ministerio Público Fiscal (MPF) presentó un recurso extraordinario ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Neuquén para que se deje sin efecto la prisión domiciliaria otorgada a J. R., condenado por un jurado popular por delitos de abuso sexual y corrupción de menores, y se restablezca la prisión preventiva.

La presentación fue realizada por el fiscal jefe Mauricio Zabala y el fiscal del caso Manuel Islas, quienes además solicitaron la habilitación de la feria judicial para que el planteo sea tratado con urgencia ante el riesgo de fuga que, sostienen, existe tras el veredicto de culpabilidad.

El recurso cuestiona la resolución del Tribunal de Impugnación (TI), dictada el pasado 15 de julio, que revocó la prisión preventiva dispuesta luego del juicio por jurados y la reemplazó por la prisión domiciliaria con monitoreo electrónico.

El pasado 1 de julio, un jurado popular integrado por doce ciudadanos declaró culpable por unanimidad a J. R., al considerar acreditada la acusación presentada por el Ministerio Público Fiscal y la querella. Según la investigación, el condenado abusó sexualmente de la víctima desde que era niña y continuó haciéndolo hasta su adultez. Los hechos ocurrieron entre otros lugares en la vivienda donde convivían, en oficinas de empresas vinculadas al acusado, durante viajes en hoteles y también en un camión de transporte de mercadería.

La condena corresponde al delito de abuso sexual con acceso carnal continuado agravado por el resultado dañoso en la salud física y mental, por haber sido el encargado de la guarda y por aprovechar una situación de convivencia cuando la víctima era menor de edad, en concurso ideal con corrupción de menores, figura penal que contempla una pena mínima de 15 años de prisión efectiva.

 

Cuestionan la decisión del Tribunal de Impugnación

En su presentación, los fiscales sostuvieron que la resolución del Tribunal de Impugnación es "manifiestamente arbitraria", ya que, según argumentaron, aplica de manera incorrecta la legislación procesal, no contempla el contexto del caso, vulnera el derecho de la víctima a una tutela judicial efectiva y carece de perspectiva de género.

Además, remarcaron que la detención domiciliaria que cumplió el imputado antes del juicio fue suficiente únicamente para garantizar la realización del debate oral, pero advirtieron que la situación cambió de manera sustancial luego del veredicto condenatorio.

"La única manera de evitar la fuga de J. R. es mediante la prisión preventiva", sostuvieron en el recurso, al señalar que las medidas cautelares deben adecuarse a las nuevas circunstancias procesales.

Para la fiscalía, el fallo emitido por el jurado popular constituye un hecho nuevo que modifica el análisis sobre el peligro procesal.

Los fiscales destacaron que un veredicto de culpabilidad unánime, alcanzado luego de valorar toda la prueba presentada durante el juicio, incrementa la probabilidad de fuga del condenado, especialmente teniendo en cuenta que el delito atribuido prevé una pena mínima de 15 años de prisión efectiva.

En ese sentido, rechazaron uno de los principales argumentos utilizados por el Tribunal de Impugnación para conceder la domiciliaria: que el juicio pudo desarrollarse con el acusado bajo arresto domiciliario.

Según el MPF, el Código Procesal Penal no exige demostrar por qué otras medidas menos gravosas no resultarían eficaces al momento de solicitar la prisión preventiva, como sostuvo el tribunal revisor.

 

Qué pidió la fiscalía al TSJ

En el recurso extraordinario, el Ministerio Público Fiscal solicitó que la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia convoque a una audiencia para analizar la admisibilidad del planteo y, posteriormente, anule la resolución del Tribunal de Impugnación que otorgó la prisión domiciliaria.

El objetivo es que se restablezca la prisión preventiva hasta que quede firme la sentencia.

 

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