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En lugar de vacunas usaban "métodos propios"
Una jueza le ordenó a una pareja de Luis Beltrán que vacune a sus hijos. No lo hacen por convicciones religiosas, y porque dicen tener “métodos preventivos”.Una jueza de la localidad rionegrina de Luis Beltrán le ordenó a una pareja que vacune a sus hijos, y le advirtió que si no lo hacen dentro de un plazo máximo de diez días, dispondrá medidas compulsivas.
Según indicaron fuentes judiciales, la madre aseguró que decidieron abandonar el calendario de vacunación, porque una de sus niñas había sufrido una reacción alérgica. Pero eso no es todo, ya que también dijo tener convicciones religiosas, y una estrategia propia para prevenir enfermedades.
Dicha estrategia consistía -o acaso consiste- en “métodos preventivos”, como “dieta y fortalecimiento del sistema inmune”, y recursos de la medicina homeopática.
Fue la jueza de Familia Marisa Calvo la que le ordenó a la pareja “ajustarse al calendario de vacunación obligatorio” en resguardo de la salud de sus dos hijos menores.
La sentencia también incluye la orden de vacunar a los restantes hijos menores, y de acreditar el cumplimiento con el carnet de vacunación en el Juzgado.
El caso se inició con una presentación realizada por personal del hospital de Río Colorado, luego de que tomara conocimiento del nacimiento de una beba en un parto domiciliario por una supuesta “falta de movilidad”.
Cuando la familia acudió al hospital para solicitar el certificado de nacimiento y la inscripción de la recién nacida, se efectuaron los controles médicos y se ordenó la vacunación de rigor. Pero los padres se negaron con la excusa de que primero consultarían al médico homeópata de la familia.
A los pocos días, agentes del hospital visitaron a la familia en su casa y allí la madre les informó que hacía dos años que no vacunaba a sus hijos. Y luego habló sobre una supuesta “falta de estudios científicos” que acrediten los beneficios del plan público y obligatorio de vacunación.
El hecho es que organismos estatales y judiciales le solicitaron a la jueza que ordenara la vacunación compulsiva. “El derecho a la autodeterminación de los progenitores y la libertad para ejercer sus derechos sin injerencia del Estado encuentra un límite, y es el derecho del niño, es decir su interés superior”, sostuvo la jueza en su fallo.
Luis Beltrán es una pequeña localidad ubicada a pocos kilómetros de Choele Choel.