Fallo

Condenan al Estado por no respetar derechos humanos en Neuquén

Es una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
jueves, 19 de diciembre de 2019 · 16:17

El Estado argentino ha sido condenado por algo que pasó en Neuquén. Se trata del traslado (considerado ilegal) de detenidos, a cárceles que quedan lejos del lugar de residencia de sus familiares. Fue la Corte Interamericana de Derechos Humanos la autora de la sanción. Una especie de baldón para una provincia como Neuquén, que se precia de ser defensora a ultranza de los derechos humanos.

La Corte Interamericana ordenó además que se cumpla con el precepto constitucional de "readaptación social de los condenados", según informaron los defensores Gustavo Vitale y Fernando Diez (ambos neuquinos), promotores de reclamo ante el organismo internacional.

El fallo de la CIDH da la razón a los defensores, quienes actuaron en representación de Néstor López, Hugo Blanco, José Muñoz Zabala y Miguel Ángel González, tras denunciar el "traslado ilegal" de estos presos, desde unidades de detención de Neuquén a otras alejadas de la provincia.

"Al trasladar las víctimas del caso a cárceles lejanas de la provincia de Neuquén sin una evaluación previa ni posterior de los efectos en su vida privada y circunstancias familiares, el Estado incumplió la obligación de realizar acciones para proteger a las personas contra injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada y familiar, así como la obligación de favorecer el respeto efectivo de la vida familiar", sentenció la Corte.

"Además, los continuos traslados produjeron afectaciones al bienestar físico y psicológico de las personas privadas de libertad, con efectos en sus familiares, y obstaculizaron el contacto con sus abogados defensores", sostuvo el fallo.

En este contexto, el tribunal internacional determinó que se adopten las medidas necesarias, tanto en el orden legislativo como administrativo y judicial, para que se reglamente el traslado de personas en situación carcelaria “de acuerdo con la Convención Americana y estándares establecidos en la sentencia”.

También dispuso brindar gratuitamente y “de forma inmediata, adecuada y efectiva”, el tratamiento psicológico y psiquiátrico que requieran las víctimas; publicar de manera íntegra la Sentencia y su resumen oficial; pagar las sumas monetarias fijadas en la Sentencia por los conceptos relativos al daño material, daño inmaterial, “así como el reintegro de costas y gastos judiciales".

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