¿TRADICIÓN O DELITO?

Investigan por trata casamiento forzado de una gitanita

En La Pampa tratan de establecer si obligar a casarse a una chica de 15 años constituye el delito de "trata de persona y matrimonio forzado".
martes, 20 de octubre de 2020 · 17:35

La Cámara Federal de Bahía Blanca ordenó investigar bajo la presunción de “trata de personas y matrimonio forzado”, a un matrimonio de la comunidad gitana de La Pampa que obligó a su hija de 15 años a casarse de acuerdo con lo que establece su tradición, luego de enterarse que la adolescente había mantenido relaciones sexuales con un hombre ajeno a la comunidad.

El fallo de la Sala I hizo lugar a la apelación presentada por la fiscalía, contra la sentencia del Juzgado Federal de Santa Rosa que había cerrado la causa por considerar que no se había probado que los padres hayan forzado a la adolescente a contraer matrimonio con alguien de la comunidad.

Todo comenzó el 12 de mayo de este año cuando una asistente social de la Posta Sanitaria del barrio Río Atuel, de Santa Rosa, denunció ante la Unidad Funcional de Género, Niñez y Adolescencia de la Policía de La Pampa que, en ocasión de sus funciones, “había tomado contacto con una joven de quince años, integrante de la comunidad gitana, que le había manifestado, muy angustiada, que había mantenido relaciones sexuales con un hombre mayor de edad, ajeno a su comunidad y que tenía miedo que ante dicha situación su padre la obligara a casarse, sin su consentimiento, con alguien de su mismo grupo”.

Al constituirse en el domicilio de la adolescente para continuar con su asistencia, su madre manifestó que la joven ya no vivía allí porque se había casado con un miembro de la comunidad gitana y que no podía hacer nada porque eso era “parte de sus tradiciones familiares”.

Camarista Roberto Amabile: “cualquier forma de unión forzada, aun bajo rituales o costumbres culturales importa el supuesto de la ley, que implica obligar o constreñir a una persona a contraer matrimonio o cualquier tipo de unión de hecho que presente análogas características al matrimonio y que tenga como finalidad cualquier forma de explotación. En especial, en el caso del matrimonio infantil –en el que al menos uno de los contrayentes tiene menos de 18 años–, dado que no se cuenta con el consentimiento pleno, libre e informado de una de las partes o de ninguna de ellas”.

En función de ello y con la denuncia realizada, se ordenó el allanamiento del domicilio donde se encontraba la niña para rescatarla y para que el equipo técnico de la Unidad Funcional de Género, Niñez y Adolescencia del Área Trata de la Policía de La Pampa pudiera entrevistarla para indagar sobre su situación. De esa entrevista, el equipo remitió un informe que concluyó con “indicios de maltrato familiar, estado de vulnerabilidad subjetiva y social – cultural en la entrevistada, factores de silenciamiento y condicionamiento en su relato y, riesgo psicofísico”, entre otras cuestiones.

Por ello aconsejó la necesidad de un proyecto de trabajo colectivo por parte de las instituciones barriales -salud, educación, cultura, justicia, municipio- que hagan posible el “revisionismo y adaptación cultural” al contexto del ejercicio de deberes y derechos humanos en la comunidad gitana.

En tanto, la licenciada en Trabajo Social que atendió a la adolescente también elaboró un informe de su intervención, en el que expresó que la joven desconocía sus derechos y que se encontraba presionada por los mandatos de la comunidad.

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