Río Negro

Obra social de UPCN mezquinó cobertura a paciente oncológica

Se negaba a cubrir el tratamiento que ordenó la médica y ofrecía una alternativa. Tiene antecedentes
miércoles, 1 de julio de 2020 · 12:28

Una vez más, los dirigentes de la obra social de la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN) fueron derrotados en la Justicia de la provincia de Río Negro, por no cumplir con su obligación de brindarles a los afiliados las prestaciones que necesitan.

Ahora, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) confirmó la sentencia con que un juzgado Civil de Roca la obligó a cubrir la totalidad del tratamiento de radioterapia que requiere una paciente oncológica.

Las obras sociales sindicales fueron concebidas con un espíritu solidario, que esta vez no afloró muy a pesar de la urgencia del caso. Peor aún, esta mutual registra antecedentes.

Fuentes judiciales contaron que el caso llegó al STJ a raíz de la apelación de la obra social (Unión Personal) contra un recurso de amparo. Tras analizar los argumentos, el máximo tribunal ratificó la orden de brindar “cobertura y provisión integral (100 %) del tratamiento indicado por su médica tratante para la realización de radioterapia de intensidad modulada de dosis (IMRT) dentro de los cinco días de notificado”.

El STJ coincidió con la jueza de Roca en que “no existe otro medio para tutelar en forma más rápida y efectiva la salud de la amparista”. El fallo valoró que, según su médica tratante, la paciente “tiene alto riesgo de recaída tumoral, que fue operada hace un mes y que posponer el inicio del tratamiento implica mayor riesgo de recidiva local”.

Se consideró que el tratamiento señalado por la médica “fue suficientemente justificado y evaluado”, a diferencia del tratamiento alternativo sugerido por la obra social.

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