LA SEGUNDA OLA DEL CORONAVIRUS

Neuquén flexibiliza más las restricciones por pandemia

Las actividades comerciales, salas teatrales, casinos y gastronomía podrán tener público hasta 50 por ciento de su capacidad.
viernes, 9 de julio de 2021 · 20:25

Neuquén decidió flexibilizar sus restricciones ante la pandemia, con la ampliación del aforo (cantidad permitida de público) al 50% para las actividades habilitadas en comercios, gastronomía, templos y actividades deportivas. Además, se informó este viernes, se dispondrá el retorno a la presencialidad administrada, del personal de la Administración Pública Provincial.

El gobierno provincial informó que se prorrogará por una semana la restricción de circulación en las vías públicas entre las 22 y las 6, a excepción de las tareas esenciales incluidas en el Artículo 20º del Decreto Nacional Nº 287/21, los trabajadores de en farmacias y estaciones de servicio, y aquellas personas afectadas a la gastronomía.

Seguirán suspendidas las reuniones sociales en domicilios particulares (salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados), las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas y la actividad de discotecas y salones de baile.

A partir de este sábado 10 de julio, las actividades comerciales y de servicios podrán funcionar y atender clientes diariamente desde las 6 hasta las 21, de acuerdo con los protocolos sanitarios aprobados, y con un aforo del 50%. En tanto, las farmacias y estaciones de servicio podrán funcionar durante las 24 horas.

Los locales gastronómicos podrán funcionar y atender clientes en sus locales, y utilizar las modalidades de "reparto a domicilio", desde las 6 hasta las 0, con un máximo del 50% de aforo en relación con la capacidad máxima habilitada, con adecuada y constante ventilación, y respetando las exigencias previstas en los correspondientes protocolos aprobados para las mismas.

Se habilita la realización presencial de actividades religiosas en espacios cerrados en iglesias, templos y otros lugares de culto autorizados, con un máximo del 50% de aforo en relación con la capacidad máxima habilitada, con adecuada y constante ventilación, y respetando las exigencias previstas en los correspondientes protocolos aprobados para las mismas.

La medida se extiende también a las actividades culturales presenciales de salas teatrales, cines, museos y bibliotecas en espacios cerrados, con un máximo del 50% de aforo.

En cuanto a la práctica recreativa de deportes en clubes y asociaciones deportivas, tanto en espacios cerrados como al aire libre, continuará preferentemente en grupos reducidos tipo "burbuja", con un máximo del 50% de aforo en relación con la capacidad máxima habilitada; sin aglomeración de personas antes, durante y después de las actividades, y dentro de los horarios de circulación habilitada.

Las competencias deportivas de todo tipo a nivel provincial y municipal podrán desarrollarse con concurrencia limitada hasta un máximo del 50% de aforo. Las prácticas deportivas de entrenamiento, en espacios habilitados de los deportistas de mediano y alto rendimiento que se encuentren clasificados en próximas competencias deportivas de carácter internacional, y bajo el monitoreo y supervisión del Ministerio de Deportes.

Las actividades de casinos y salas de juego, funcionarán con un máximo del 50% de aforo y respetando las exigencias previstas en los correspondientes protocolos aprobados para las mismas.

 

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