EDUCACIÓN ALIMENTARIA

Desde agosto, los alimentos tendrán etiquetado frontal

Los productos alimenticios llevarán una etiqueta con información nutricional respecto al contenido de sustancias que pueden resultar nocivas, tales como el sodio, el azúcar y grasas saturadas.
jueves, 28 de julio de 2022 · 16:28

Desde el 20 de agosto, los envases de alimentos y bebidas deben aparecer en los supermercados e hipermercados con etiquetas que adviertan a los consumidores sobre el contenido en exceso de sustancias como azúcares, grasas totales, grasas saturadas, calorías y sodio, tal como lo estableció  la ley 27.642 publicada en el Boletín Oficial en noviembre del año pasado.

Dicha medida se tomó teniendo en cuenta los altos índices de enfermedades metabólicas relacionadas con la alimentación no saludable, informó la presidenta de la Asociación de Nutricionistas de Neuquén, Fabiana Echeverría. En diálogo con 24/7 Canal de Noticias y AM 550, Echeverría aseguró que teniendo en cuenta que la población está consumiendo cada vez más alimentos ultraprocesados, se vio como herramienta "por lo menos de registro, de entender qué está comprando cuando compra un alimento empaquetado". 

Que la población compre a conciencia, que sepa que un producto no es tan saludable y optar por uno saludable. 

De este modo, los alimentos y bebidas analcohólicas envasados y comercializados con nutrientes críticos y valor energético superiores a los valores establecidos por la Organización Panamericana de la Salud, deben incluir en la cara principal un sello de advertencia indeleble por cada nutriente crítico en exceso, según corresponda: “EXCESO EN AZÚCARES”; “EXCESO EN SODIO”; “EXCESO EN GRASAS SATURADAS”; “EXCESO EN GRASAS TOTALES”; “EXCESO EN CALORÍAS”.

Si contiene edulcorantes, el envase debe contener debajo de los sellos de advertencia la siguiente leyenda: “CONTIENE EDULCORANTES, NO RECOMENDABLE EN NIÑOS/AS”. Si contiene cafeína, el envase debe contener debajo de los sellos de advertencia la siguiente leyenda: “CONTIENE CAFEÍNA. EVITAR EN NIÑOS/AS”.

Si bien esta ley entra en vigencia el día 20 del próximo mes, las empresas pequeñas o medianas tienen un plazo mayor de tiempo para incorporar el etiquetado, que se prolonga hasta el 20 de febrero de 2023. Los pedidos de prórroga pueden realizarse en los casos que "exista una limitación con motivos justificables en el cumplimiento del cronograma de implementación para la adecuación a la declaración del rotulado frontal", destacó la cartera.

A su vez, Echevarría aseguró que esta Ley prevé también que Consejo Federal de Educación deberá promover la inclusión de los contenidos mínimos de educación alimentaria nutricional en los establecimientos educativos de nivel inicial, primario y secundario del país.

Otro punto destacado de esta medida, es que está prohibida la publicidad, promoción y patrocinio de los alimentos y bebidas analcohólicas envasados que contengan al menos 1 sello de advertencia dirigida a niños, niñas y adolescentes. Es decir que dichos productos no podrán contener en sus envases imágenes de dibujos animados, deportistas o entrega o promesa de premios. 

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