ES LEY

El gobierno reglamentó el etiquetado frontal

A través de un sello negro en forma de octógono, las etiquetas de los envases de los alimentos deberán tener escrito azúcares, grasas, sodios y calorías.
miércoles, 23 de marzo de 2022 · 22:07

Se reglamentó este miércoles la ley de Promoción de la Alimentación Saludable, más conocida como Etiquetado Frontal. La misma dispone que las empresas deberán informar a los consumidores en los envoltorios de alimentos con un sello negro en forma de octógono, aquellos productos que contengan excesos de componentes que pueden ser nocivos para la salud como azúcares, sodio y grasas saturadas, entre otros.

El objetivo es ayudar a combatir factores de riesgo para la salud de la sociedad como la obesidad, la hipertensión y los riesgos cardíacos al incorporar en el frente de los envases etiquetas negras. Para eso, apunta a brindar “información nutricional simple y comprensible de los alimentos envasados y bebidas alcohólicas, para promover la toma de decisiones activas y resguardar los derechos de los consumidores”.

A través de una herramienta gráfica expuesta a simple vista el denominado “sello de advertencia” busca que los consumidores cuenten con información más sencilla, clara, precisa y no engañosa de qué es lo que contiene, sobre todo aquellos insumos más dañinos para la salud, aquello que están comprando.

Además, busca regular la publicidad dirigida a niños y adolescentes, tanto en medios de comunicación masiva como en los envases. “Es una medida de salud pública que permite limitar la oferta de los productos que contengan al menos un sello de advertencia en su envase en instituciones educativas y en las compras públicas de organismos nacionales de gobierno”, explicaron desde el ministerio de Salud Nacional.

La iniciativa contempla un cronograma de dos etapas en relación con los límites establecidos para determinar el exceso en nutrientes críticos y valores energéticos y la presencia de edulcorantes y cafeína. La primera dentro de los nueve meses desde la fecha de entrada en vigencia de la ley y 15 meses para las Pequeñas y Medianas Empresas.

Mientras que la segunda etapa establece un plazo no mayor a los 18 meses desde su entrada en vigencia y de 24 para las pymes. A raíz de este cronograma es que, durante el debate en el Congreso, los legisladores habían anticipado que podía llegar a haber casi dos años de transición hasta que finalmente abarque a la cadena de alimentos y bebidas contemplada.

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