INTIMIDACIÓN PÚBLICA

Educación pidió que se investiguen las amenazas de bomba

En los últimos días se repitieron los llamados en las escuelas de Cipolletti. Solicitaron a la justicia que analice los registros de llamadas
miércoles, 24 de mayo de 2023 · 10:16

Este lunes no dejaron de sonar los teléfonos de, al menos 4 escuelas de Cipolletti para advertir que en los establecimientos se había colocado una bomba y que iba a explotar a los pocos minutos lo que generó temor e indignación en toda la comunidad educativa. Lo mismo ocurrió durante el martes en otros establecimientos.

Desde el Consejo Escolar realizaron una denuncia en la Comisaría 32 por las amenazas recibidas en los Centros de Educación Técnica N.º 9 y 22 y la ESRN N.º 17. Según explicaron, las llamadas se realizaron a los teléfonos del CET N.º 9, a las 8 de la mañana y de la ESRN 17, a las 11.20, mientras que la advertencia para el CET N.º 22 llegó a través de una comunicación al 911, efectuada alrededor de las 11.

Asimismo, las autoridades del Consejo Escolar presentaron en la Fiscalía de turno la copia de la denuncia realizada en sede policial y una nota en la que se solicitó que se investigue a los responsables de las amenazas y los registros de llamadas, tanto a los teléfonos de las Escuelas como al 911. A través de una nota también se hizo mención qué a raíz de estas alarmas, se movilizó personal policial, de Bomberos Voluntarios y de Protección Civil, lo que provocó gastos operativos y debilitó la cobertura de hechos reales que pudieran haberse producido en otros sectores de Cipolletti.

Estas acciones de intimidación pública están tipificadas en el artículo 51 del Código Contravencional de Río Negro y el 211 del Código Penal Argentino. El artículo se refiere al “empleo malicioso de llamadas”. Además, establece el monto de una multa a imponer a quien sea responsable o el arresto de un día hasta treinta días. Las penas previstas precedentemente alcanzarán asimismo al titular de la línea telefónica utilizada. El artículo explica las sanciones para quien provoca engañosamente la concurrencia de la policía, del cuerpo de Bomberos Voluntarios, la asistencia sanitaria, Defensa Civil o de cualquier otro servicio análogo utilizando los medios integrantes del Sistema de Atención Telefónica de Emergencias de Río Negro, interfiriendo indebidamente en su normal desarrollo.

A su vez, el artículo 211 del Código Penal sostiene que “será reprimido con prisión de dos a seis años, el que, para infundir un temor público o suscitar tumultos o desórdenes, hiciere señales, diere voces de alarma, amenazare con la comisión de un delito de peligro común, o empleare otros medios materiales normalmente idóneos para producir tales efectos”.

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