El derecho a la identidad es uno de los derechos fundamentales del ser humano. Está consagrado en el art. 24 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en los art. 7 y 8 de la Convención de los Derechos del Ñiño, y en el Art. 18 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos. Todos estos tratados, con jerarquía constitucional en Argentina, están plasmados en el art. 75, inciso 22 de nuestra Carta Magna.
La identidad incluye el nombre, apellido, la fecha de nacimiento, sexo y nacionalidad. El avance de las nuevas tecnologías, que facilitan la supresión, falsificación o sustracción de una identidad cada vez con mayor facilidad, fue necesario disponer de un artículo específico en el Código Penal, para penar a los sujetos que vulneren o lesionen el derecho de identidad de las personas.
Ese artículo, el 139 , estipula que no es necesario que se retenga u oculte al menor para tener por configurado el tipo objetivo del delito de alteración de su identidad, siendo que este tipo penal puede ser consumado "por un acto cualquiera".
En la Argentina, hay un dramático antecedente de sustracción de identidad de menores, basado en un plan sistemático de apropíación de hijos de víctimas de desaparecidos durante la dictadura militar, por eso cada vez que nos anoticiamos de la desaparición de un menor, imágenes negras vuelven a nuestra cabeza.
Los casos denunciados recientemente en Neuquén y , un poco antes, en Río Negro, nos alertan acerca de la facilidad conque en nuestro país se obtienen datos que, a pesar de estar protegidos por la la Ley 25.326, parecen estar al alcance de todos, especialmente de quienes dedican su tiempo a delinquir con la identidad de las personas, conociendo sobre sus bienes, actividades profesionales o comerciales.
Muchos de esos delitos se encuadran e investigan , con relativo éxito, en la categoría de "ciberdelito" o "phishing" cuando se trata de estafas mediante el robo de identidad cometidas telefónicamente u otros medios electrónicos. Pero que ocurre cuando esos datos se utilizan para fraguar documentación y realizar ilícitos gravísimos, como la trata de personas o las adopciones ilegales ?
La Ley 24410, señala que "será reprimido con prisión o reclusión de 5 a 15 años, el que sustrajere a un menor de 10 años del poder de sus padres, tutor o persona encargada de él, y el que lo retuviere u ocultare."
En los casos neuquinos, no se retuvo ni ocultó a un menor, pero utilizaron sus identidades para sacar del país a otros menores, con algún destino cierto, pero desconocido para quienes no forman parte de la organización criminal. Según suponen, esos niños traficados desde el norte argentino, con destino a Paraguay o Brasil, hoy podrían estar en Europa siendo víctimas de trata, o vendidos a familias que adoptan ilegalmente. Sea lo que sea, el daño es inconmensurable e irreparable.
La página oficial del gobierno advierte que " La trata de personas implica el ofrecimiento, la captación, el traslado, la recepción o acogida de personas con fines de explotación, ya sea dentro del territorio nacional, como desde o hacia otros países. La trata de persona es un delito, sin importar si hay consentimiento o no de la víctima.
Este delito constituye una de las más graves violaciones a los derechos humanos, ya que su finalidad es la obtención de una ganancia a costa de considerar a las personas como mercancías, afectando su dignidad, integridad y libertad." En nuestro país, casi el 36% de las personas rescatadas son víctimas de situaciones de explotación laboral. Podés denunciarlo a la línea 145.
"Missing Children-Chicos Perdidos de Argentina", es una asociación civil sin fines de lucro creada en 1999 . Según datos suministrados recientemente por la organización, en el país hay registro de 113 chicos perdidos, de los cuales 75 son menores de edad, y otros 35 desaparecidos hace años, ya cumplieron la mayoría.
Sostienen además, que "pueden ser muchos más los desaparecidos" dado que reciben entre 3 o 4 denuncias diarias, llegando a 1400 por año.
A las familias neuquinas que, casi por casualidad, se enteraron de que manera fueron vulneradas las identidades personales de sus niños, les llama la atención la presunta liviandad con que se investiga, dado que en Migraciones solamente les certifican que sus hijos "salieron " del país, y en la justicia federal no habrían solicitado documentación estratégica como las partidas de nacimiento o la toma de huellas digitales.
Asusta cada vez más lo expuestos que estamos todos - menores o mayores- a caer en manos de redes muy bien organizadas, capacitadas y actualizadas, que con mucha impunidad roban identidades, sustraen criaturas, destruyen vidas, mientras las investigaciones giran y giran sin llegar a ningún lado.
El caso Loan es una muestra. Una muestra que no queremos ver más.