¿Quieres recibir notificaciones de alertas?

Miércoles 04 de Junio, Neuquén, Argentina
Logo Am2022

Lo multaron con $10 millones por destruir la costa del Nahuel Huapi en Cumelén

Un vecino realizó movimientos ilegales con maquinaria pesada en la costa del lago y deberá pagar una millonaria multa, reforestar el área afectada y donar computadoras a una escuela pública. El municipio fue tajante: “No es un recurso privado”.

Por Redacción

Lunes, 02 de junio de 2025 a las 14:53

Intervención clandestina y castigo ejemplar

Una intervención sin autorización en la costa del lago Nahuel Huapi, en uno de los sectores más exclusivos de Villa La Angostura, terminó con una sanción millonaria. Un particular utilizó maquinaria pesada para remover piedras, mover tierra y rellenar parte del borde costero, todo dentro del área protegida de Bahía Bustillo.

La intervención, detectada en marzo por inspectores municipales, violó múltiples normas locales de protección ambiental. El hecho ocurrió frente a propiedades privadas del barrio Cumelén, una zona donde rige un estricto marco normativo para preservar el equilibrio ecológico y paisajístico del lago.

Multa millonaria y remediación obligatoria

La Justicia de Faltas local resolvió aplicar una multa de $10.003.500 al responsable del daño. Además, como parte de la sanción, se le ordenó ejecutar tareas de reforestación con especies nativas y restaurar la línea natural de la costa afectada.

Pero el castigo no quedó ahí: también deberá donar cuatro computadoras portátiles a una escuela secundaria pública. El destino de los equipos será el CPEM 17, en el marco de una iniciativa que, según indicaron las autoridades, se evalúa replicar en otros establecimientos educativos como parte de un programa piloto de reparación ambiental con impacto social.

Qué normas se violaron

El accionar implicó la infracción de al menos tres ordenanzas fundamentales:

  • Las ordenanzas N.º 1271/02 y N.º 1140/00, que prohíben expresamente cualquier extracción de áridos o movimiento de suelo sin autorización oficial.

  • El Código de Planeamiento Ambiental (Ord. 2659/12), que establece zonas costeras de máxima protección.

  • El Código Ambiental Municipal (Ord. 546/93), que considera infracción todo daño o alteración no autorizada del suelo, el agua o el paisaje natural.

"El lago no es de uso privado"

Desde el municipio se remarcó que cualquier intervención sobre la costa requiere permiso y evaluación técnica, sin excepciones. La normativa busca preservar un recurso que no solo tiene valor ecológico, sino que también es considerado patrimonio paisajístico de la comunidad.

“No se trata de un recurso de uso privado. El lago es de todos y debe ser cuidado como tal”, remarcaron desde el área ambiental.

PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD