¿Quiere recibir notificaciones de alertas?

Logo Am2022
PUBLICIDAD

Aseguradora deberá cubrir el robo de una camioneta pese a que tenía las llaves puestas

Una jueza resolvió que la compañía de seguros debe indemnizar al propietario de una camioneta robada en un predio rural de China Muerta. El fallo determinó que no existió culpa grave del asegurado, pese a que el vehículo había quedado con las llaves en su interior.

Agregar Mejorinformado en
Agrega Mejorinformado a tus medios preferidos en Google
PUBLICIDAD
El hecho se produjo en China Muerta. (Foto: www.https://www.jusneuquen.gov.ar)

La Justicia Civil condenó a una compañía aseguradora a pagar la indemnización por el hurto de una camioneta ocurrido en un sector rural de China Muerta, luego de rechazar inicialmente la cobertura por considerar que el propietario había actuado con culpa grave al dejar las llaves dentro del vehículo.

La decisión fue tomada por la jueza María Guadalupe Losada, quien concluyó que las circunstancias del caso no demostraban una conducta excepcionalmente negligente por parte del asegurado. Además de ordenar el pago de la suma asegurada prevista en la póliza, también dispuso una indemnización por daño moral.

El hecho ocurrió cuando un grupo de amigos realizaba trabajos de cerramiento de un lote. Al retirarse durante aproximadamente dos horas, dejaron estacionada la camioneta dentro del predio. Cuando regresaron, el vehículo había sido sustraído.

La decisión judicial cambió el criterio aplicado por la aseguradora

La empresa rechazó la cobertura argumentando que el vehículo había permanecido con las llaves colocadas y sin las puertas aseguradas, lo que —a su entender— configuraba un supuesto de culpa grave, prevista en la Ley 17.418 de Seguros.

Sin embargo, la magistrada sostuvo que ese análisis debía realizarse considerando todas las circunstancias del caso y no únicamente el hecho de haber dejado las llaves en el vehículo.

En la sentencia destacó que la camioneta no estaba estacionada en la vía pública, sino dentro de un inmueble rural que contaba con:

  • tranquera cerrada
  • cerramiento perimetral
  • vigilancia
  • un contexto que hacía razonable la conducta del asegurado.

Qué dice la Ley de Seguros sobre la culpa grave

La Ley 17.418 establece que una aseguradora puede liberarse de pagar una indemnización cuando el asegurado provoca el siniestro de manera dolosa o incurre en culpa grave.

No obstante, la jueza explicó que esa figura jurídica no comprende cualquier descuido, sino únicamente aquellos comportamientos que impliquen una exposición deliberada o excepcional del bien asegurado frente a riesgos evidentes.

En el fallo sostuvo que:

"No basta una fuerte dosis de descuido. Debe tratarse de conductas excepcionales dentro de la relación de seguro."

Por ello concluyó que la prueba reunida durante el juicio no permitió acreditar que el propietario hubiera actuado con ese nivel de negligencia.

Por qué el seguro deberá indemnizar al propietario

Tras analizar los testimonios y las circunstancias del hecho, la magistrada entendió que el asegurado no expuso deliberadamente el vehículo a un riesgo excesivo.

Como consecuencia, condenó a la empresa aseguradora a:

  • pagar la suma asegurada prevista en la póliza;
  • indemnizar el daño moral sufrido por el cliente;
  • afrontar las consecuencias económicas derivadas del incumplimiento de la cobertura.

Cómo puede impactar este fallo en otros asegurados

Aunque cada caso depende de sus propias pruebas, la sentencia refuerza un criterio habitual en materia de seguros: la existencia de un descuido no implica automáticamente culpa grave.

Los jueces deben analizar:

  • el lugar donde ocurrió el hecho;
  • las medidas de seguridad existentes;
  • el comportamiento habitual del asegurado;
  • las circunstancias concretas del robo o hurto.

Esto significa que las aseguradoras no pueden rechazar una cobertura únicamente porque el vehículo tenía las llaves colocadas, sin demostrar que existió una negligencia excepcional.

Un debate frecuente entre aseguradoras y clientes

Los conflictos por rechazo de coberturas representan una parte importante de los litigios vinculados a seguros patrimoniales en Argentina.

En muchos casos, las compañías invocan la figura de la culpa grave para evitar el pago de indemnizaciones. Sin embargo, la jurisprudencia suele exigir que esa conducta esté claramente acreditada y no pueda confundirse con un simple descuido.

Especialistas en derecho de seguros sostienen que este tipo de fallos contribuye a delimitar con mayor precisión cuándo una aseguradora puede quedar liberada de cumplir con las obligaciones asumidas en una póliza.

PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD